viernes, 14 de junio de 2013

COLOMBIA: FORMALIZACIÒN Y SOLEMNIZACIÒN DEL VÌNCULO CONTRACTUAL. "MATRIMONIO IGUALITARIO NO"

Se llamará 'formalización y solemnización del vínculo contractual', y no menciona el 'matrimonio'. “Declaramos en forma expresa que es nuestra libre, responsable y espontánea voluntad unirnos bajo el vínculo contractual como pareja del mismo sexo, convivir en pareja singular, auxiliarnos y socorrernos recíprocamente y respetar los derechos y deberes que la Constitución, la Ley y la jurisprudencia de la Corte Constitucional consagran para el vínculo jurídico que se formaliza y solemniza por medio de este instrumento”.


Ese es el compromiso que en una semana exacta, desde el próximo 21 de junio, firmarán las parejas del mismo sexo que lleguen a las notarías para formalizar su unión solemne.

Al mediodía de este jueves, los notarios le dieron la bendición final a un documento proforma de cuatro páginas que fue conocido por EL TIEMPO y que le dará vida legal al derecho a constituir familia que la Corte Constitucional les reconoció a los homosexuales hace dos años.

Tal y como ocurre con las actas de los matrimonios heterosexuales, los contratantes (no se usará la expresión contrayentes) deben demostrar que no están impedidos para unirse con su pareja gay. Así, por ejemplo, una persona que se haya casado en el pasado y no haya obtenido el divorcio no podrá ejercer este nuevo derecho hasta que disuelva legalmente su vínculo anterior.

Los notarios decidieron eliminar del nombre del documento el término “parejas del mismo sexo”, para evitar situaciones que generen discriminación. En ese orden de ideas, lo que firmarán las parejas será una escritura pública de “formalización y solemnización del vínculo contractual” que desde su entrada hace referencia a la histórica sentencia C-577 de la Corte Constitucional.

“Los notarios creemos que no hay que decirlo, que es una discriminación, pues en el matrimonio heterosexual no se dice que es de parejas de diferente sexo. Para la igualdad, no hay que decirlo, se entiende que son del mismo sexo en su texto, pero no tenemos que etiquetarlo”, dijo Álvaro Rojas Charry, presidente de la Unión Colegiada del Notariado.

En ninguna de las páginas se hace mención de la palabra matrimonio, en cumplimiento de la sentencia de la Corte, y de la polémica decisión del Congreso de abstenerse de legislar sobre las uniones del mismo sexo.

De la misma manera, todos los 877 notarios del país están recibiendo instrucciones expresas sobre el procedimiento que deben seguir a partir del 21 de junio. Una de las advertencias más importantes es que, en ningún caso, pueden utilizar la expresión matrimonio ni alegar la objeción de conciencia para negarse a solemnizar uniones entre homosexuales.

Lo que sí podrán señalar es la objeción de legalidad, en la que deberán definir qué inclusiones avalan dentro del contrato a firmar. “El aporte positivo que se facilita a través de esta escritura pública es que viene una prueba valiosa que podrán hacer valer ante las autoridades pertinentes. No se requieren declaraciones, testimonios, no tienen que hablar de su intimidad, simplemente aquí está la prueba y tienen que valorarla”, señaló la ministra de Justicia, Ruth Stella Correa, quien agregó que por ahora ni su cartera ni la Superintendencia de Notariado emitirán la directriz que estaba prevista para los funcionarios encargados de garantizarles a los gays el derecho de conformar familia. ¿La razón? Como el Congreso no legisló sobre las uniones del mismo sexo, no hay ley y por lo tanto no pueden dictarse decretos reglamentarios. Esto ya pasó con la caída de varios decretos de la Superintendencia de Salud en el tema del aborto.

Mientras este contrato llega a todos los notarios, que tendrán la posibilidad de incluir algunas frases ajustadas a la sentencia de la Corte, los jueces civiles aún no definen una posición como gremio frente a la facultad que también les dio el alto tribunal para realizar esas uniones.




Lo que dijo la Corte en 2011

1. “Las parejas homosexuales tienen derecho a decidir si constituyen la familia de acuerdo con un régimen que les ofrezca mayor protección que la que pudiera brindarles una unión de hecho”.

2. “No existen razones jurídicas para decir que entre las parejas homosexuales no cabe predicar el afecto, el respeto y la solidaridad que inspiran su proyecto de vida en común, con vocación de permanencia”.

3. “La protección a las parejas homosexuales no puede quedar limitada a los aspectos patrimoniales de su unión permanente, porque hay un componente afectivo y emocional que alienta su convivencia y que se traduce en solidaridad, manifestaciones de afecto y socorro”.

Homosexuales solo aceptarán matrimonio igualitario

El abogado y representante de la población LGBTI, Germán Rincón Perfetti, dijo que el documento que proyectaron los notarios para cumplir con la orden de la Corte Constitucional de formalizar las uniones de parejas del mismo sexo, a menos que contemple de manera explícita el matrimonio igualitario, estaría violando la Constitución y sería demandable, incluso ante organismos internacionales.

“Única y exclusivamente aceptamos el matrimonio igualitario. Cualquier documento que deje de expresar este concepto será considerado atípico y demandable, por poner en riesgo la estabilidad jurídica de las uniones que pretende formalizar”, señaló Rincón Perfetti.

Según el abogado, el hecho de que la sentencia de la Corte no mencione la palabra “matrimonio” para definir la unión formal entre parejas del mismo sexo no impide que sus efectos jurídicos sean los mismos. Pero si el documento se considera atípico, sus efectos estarían en duda.

“Equiparar el documento que sellen estas uniones con un contrato de compraventa podría comprometer seriamente al país en violaciones de los derechos humanos e incumplimiento de los compromisos internacionales en la materia, si tenemos en cuenta que los notarios representan al Estado colombiano en ese trámite”, agregó.


POR: PAULINA ANGARITA MENESES. SUBEDITORA DE JUSTICIA
ELTIEMPO.COM
FOTOGRAFÌAS: WEB
ARREGLOS: ALBERTO CARRERA 

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