miércoles, 26 de enero de 2011

DNI RESPETO Y DIVERSIDAD.

El Ministerio del Interior emitió una resolución que permite que el ciudadano con sólo requerirlo tenga derecho de cubrir su cabello por motivos religiosos o de salud, o respetar la sexualidad de los individuos.

En algunas semanas, todos los ciudadanos del país que realicen los trámites para renovar o recuperar su Documento Nacional de Identidad (DNI) tendrán la posibilidad de aparecer en la foto tal y como son, sin necesidad de quitarse el quipá si son judíos o el maquillaje, en el caso de ser travestis.

Es que más allá de estos ejemplos, lo cierto es que la nueva resolución que rige en Argentina buscará eliminar condicionamientos que tengan que ver con la religión, la cultura o la sexualidad de las personas.

Las nuevas fotografías que acompañarán las identificaciones que se tramiten en adelante plasmarán el rostro de cada argentino bajo una norma distinta a la que que rige en la actualidad. En lugar de sacar el tres cuartos de perfil derecho, una vez que entre en vigencia la nueva reglamentación el rostro y la parte superior del busto serán captados de frente.

Otros aspectos se mantendrán, en relación de la norma todavía vigente. Es que en principio, la resolución que firmó Randazzo establece que la imagen que acompañará a los DNI que se emitan a futuro -acordes con la nueva tecnología empleada- deberá ser tomada con la cabeza totalmente descubierta y a color, tal y como es hasta ahora.

Lo que también se mantendrá es la exigencia de un fondo celeste uniforme y liso, de modo que reproduzca de manera fiel los rasgos faciales del o la titular.

Pero la diferencia estará dada por un mayor aire de libertad en lo que a la identidad personal se refiere. El cambio se da por primera vez en la Argentina y ya contó con la firma de la directora del Registro Nacional de las Personas, Mora Arqueta. Justamente, el artículo dos de la resolución establece las excepciones, que estarían autorizadas con la sola solicitud del interesado.

Así, antes de sacarse la foto, cada ciudadano, en el caso de requerirlo tendrá el derecho de cubrir su cabello por motivos religiosos o de salud, siempre y cuando queden visibles los rasgos principales del rostro. En el caso de las mujeres que utilicen turbante, ellas podrán solicitar que la foto sea tomada por una persona de su mismo sexo. Ocurre que, de acuerdo a la religión musulmana las mujeres tienen prohibido quitarse el velo delante de los hombres.

Más allá de estos ejemplos, lo cierto es que esta modalidad ofrece una mirada integradora y tiende a respetar la diversidad.

"La decisión de modificar la normativa vigente tiene que ver con la incorporación de tecnología que plantea el nuevo DNI, para lo cual unificamos el criterio que debe tener la imagen que va en el documento, pero también introdujimos los cambios necesarios para que nadie pueda avanzar contra el derecho a la elección de cada persona, ya sea en materia de sexo, cultura o religión", señaló Randazzo en un artículo que fue publicado en la página web del Ministerio de Interior.

El próximo paso para que la resolución comience a regir en todas las provincias, incluida Mendoza, será su publicación en el Boletín Oficial. Luego, el comunicado deberá ser emitido en forma oficial al Registro Civil de cada jurisdicción.

Lo mismo ocurrirá con otros organismos relacionados, como los ministerios de Relaciones Exteriores y Comercio Internacional y Culto, la Dirección General de Asuntos Consulares, la Dirección Nacional de Migraciones, la Policía Federal Argentina y las Policías Provinciales.

En Mendoza, las autoridades del Registro Civil esperan la llegada de la notificación del Ministerio del Interior. "Una vez que contemos con ella podremos comenzar a aplicarla", explicó Mabel Cumaodo, secretaria técnica de la oficina local, quien cumple el cargo de directora enforma transitoria.

Hay que destacar que esta reglamentación vendrá a reemplazar a la N°663 que data de octubre de 1992. En 2004, a través de la resolución N°534, se autorizó la utilización de las fotografías digitales, pero nunca se había modificado la estructura en que las personas debían aparecer en su DNI. Hasta ahora, por ejemplo, una de las disposiciones era que el peinado no debía dar lugar a interpretaciones erróneas del sexo.

En sintonía con el concepto de igualdad, en poco tiempo este punto será descartado, ya que cada persona podrá aparecer en su fotografía con el peinado y/o accesorios que considere acordes, siempre y cuando su rostro se distinga de manera clara.

ANTECEDENTES.

A fines del año pasado, se sentaron las bases de la modificación del artículo dos de la resolución que hasta el momento determina cómo deben ser las características del Documento Nacional de Identidad.

El 2 de diciembre, la Comunidad Homosexual Argentina (CHA) entregó a la travesti Tania Luna su DNI, en el que figura su identidad de género sin que tenga llevar a cabo una cirugía previa para resignar su preferencia sexual. Hizo el trámite con recurso de amparo, luego de diferentes pericias psicológicas de médicos forenses y la evaluación del comité de bioética de Mar del Plata. En 2008 le autorizaron el cambio.

Doce días después, Flor de la V también pudo cumplir su sueño y registró su nuevo nombre en su documento. De este modo, para la ley es Florencia Trinidad.

Ahora, Julieta Biesa, la transexual que participa del reality show "Soñando por bailar", decidió sumarse al revuelo mediático que despertó el nuevo documento nacional de identidad de Flor de la V y confesó que ella también quiere ver reflejada su identidad en el DNI.

Primera vez. La nueva resolución implica mayor diversidad ideológica y tiende a respetar las creencias religiosas, la cultura y la sexualidad.

La foto. Deberá ser tomada de frente, con fondo celeste. La cabeza deberá aparecer descubierta, aunque se contemplan excepciones.

Plazo. La resolución fue firmada ayer por el ministro del Interior Florencio Randazzo ayer.

Ahora se espera su publicación en el Boletín Oficial, mientras que el siguiente paso será que el comunicado llegue al Registro Civil.

Por: Diariolosandes.

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