jueves, 30 de agosto de 2012

LOS NUEVOS MODELOS DE FAMILIAS ARGENTINAS

Familias: las de antes, las de hoy, y sobre todo, las que se quieren

Aunque no faltan los nostálgicos que aseguran que “familias eran las de antes”, el modelo tradicional convive hoy con otras diversas formas: parejas homosexuales con hijos propios o adoptados, personas que nunca pasaron por el registro civil y hasta familias ensambladas. Todas ellas serán incluidas en el Nuevo Código Civil. INFOnews consultó a diversos especialistas en el tema. 


La idea de que “nada se pierde, todo se transforma”, se ajusta con particularidad precisión al surgimiento de los nuevos modelos familiares. Un hombre y una mujer que mediante tratamiento deciden tener un hijo pero no son pareja, familias ensambladas, hijos por fertilización asistida, hijos de parejas homosexuales –producto de relaciones anteriores-, niños adoptados por personas del mismo sexo y hasta parejas basadas en el afecto y en un proyecto de vida en común que están varios años juntos, pero no pasan por el registro civil para formalizar la unión, son algunas de las variantes que han ampliado la idea tradicional de familia.

“La reforma no crea nada que no se muestre hoy”, se aclara desde la página oficial del Código Civil, lanzada ayer, en el marco de la modificación que busca hacerse sobre esa norma. La presidenta, Cristina Fernández de Kirchner, lo había anunciado a principio de año: se trabajará en la unificación de los Códigos Civil y de Comercio. Y ello incluye un ajuste de la reglamentación vigente a toda una serie de situaciones familiares que ya se suceden al interior de la sociedad.

Cualquiera sea la condición social, sexual o económica de la persona, todos tienen derecho a que la legislación civil los tenga en cuenta. Y aunque hay quienes se resistan, no hay dudas de que la familia no es una sola; o en todo caso el modelo tradicional de familia ha pasado a compartir escenario con otras diversas formas de vivir en familia. 


Familias producto de vientres alquilados

Hasta el momento en el que se aprueben las modificaciones que buscan introducirse en el Código Civil, madre es aquella que parió a su hijo. Pero a partir de los cambios que se generarán en la norma, padres serán quienes tengan el deseo procracional de serlo.

De este modo no será considerarda madre la mujer que presta su vientre o que dona sus óvulos –que deben ser dos personas diferentes- sino la parejas que requirieron el tratamiento de reproducción. Así, las personas que donan el material genético para producir vida no tienen ninguna relación filiatoria con el menor que llega al mudo; porque lo que se prioriza es la voluntad procacional.

“Lo importante en estos casos es el deseo de ser padres”, comentó la presidenta de Concebir; Isabel Rolando, a INFOnews al tiempo que destacó la necesidad de reglamentar la iniciativa para que el alquiler de vientres no se convierta en una actividad comercial.

De ser aprobado en la modificación que busca introducirse al nuevo código, el alquiler de vientres posibilitará a las parejas homosexuales tener hijos –convirtiéndose una de las partes en donantes del material genético-, y de ese modo un nuevo esquema familiar formará parte de la pluralidad de modos de vivir en familia que ya existen.


Madres homosexuales

Aquellas parejas de mujeres que hace algunos años llevaron adelante el proyecto de tener un hijo, mediante las técnicas de reproducción asistida, traían al mundo un niño que sólo contaban con un progenitor- la mujer que los dio a luz-.

Ello muy a pesar de que a ese menor le correspondía tener doble vínculo legal y así poder gozar de todos los derechos que se derivan de esa relación: cobertura médica, ser beneficiario en la protección de la vivienda que implica la figura del bien de familia, ante el fallecimiento, poder heredarla, Etc. Todo ello sin tener en cuenta la principal consecuencia: que el derecho reconozca, legitime y valore el vínculo afectivo entre esos niños y la cónyuge de la mujer que formó parte del proyecto parental y que en algunos casos, también aportó el material genético.


Uniones convivenciales

El censo del 2010 indica que casi un 40% (38,80 para ser más precisos) de las personas que viven en pareja, se tratan de uniones no matrimoniales. La ley hasta ahora silencia una gran cantidad de derechos, lo cual ha obligado en varias oportunidades que los jueces (dependiendo de la voluntad de cada magistrado), deban extender la aplicación de normas del matrimonio a las parejas no casadas por imperativo de principios básicos como lo es la igualdad de derechos entre los hijos matrimoniales y extramatrimoniales. ¿Es posible que el hogar familiar, el techo en el que viven los hijos pueda ser protegido si sus padres están casados y no serlo si ellos no pasaron por el registro civil?

“Nosotros decidimos no casarnos porque consideramos que un papel no hace a la diferencia. Tenemos una relación afianzada y no consideramos imprescindible tener que pasar por una serie de trámites burocráticos”, aseguró Romina, que convive con su pareja hace más de cinco años y están a la espera de su primer hijo.

Aunque sostiene la decisión de no “formalizar” institucionalmente su vínculo, asegura que el hecho de que ambos mantengan independencia económica facilita lo cotidiano. “Yo porque tengo trabajo, pero sino, por ejemplo, mi pareja no podría incluirme en su plan de la obra social, porque no estamos casados”, aseguró Romina, dando cuenta de ciertas dificultades que aparecen para quienes no pasaron por el registro civil, y que el nuevo Código viene a remediar.


Divorcio y ensamble

Otra de las formas que ha adoptado la familia, es la famosa estructura ensamblada: los míos, los tuyos y los nuestros. Pero en muchos casos, antes de llegar a esa estructura, es necesario atravesar por tediosos procesos de divorcio, en los que muchas veces los hijos se convierten en rehenes de la separación.

Es por ello que una de las modificaciones que buscan introducir al código, es la eliminación de las denominadas causales de divorcio. De ese modo ya no se necesitará mutuo acuerdo para comenzar con los trámites de divorcio.

“La idea es que si uno quiere pueda ir al registro, presentarse con su DNI y pedir el divorcio. Porque lo que suele suceder es que una de las partes se quiere separar y la otra no, entonces hace todo lo posible para conservar el vínculo y allí aparece la extorción, el reclamo cotidiano por abandono y el uso de los hijos para retener a la pareja”, comentó una persona para quien el proceso de divorcio se transformó en un proceso muy arduo.

Una vez que el individuo logró divorciarse, y hasta constituir otra pareja aparece un nuevo conflicto: la figura de los “hijos afines”. Que si bien no son los hijos biológicos de esta persona, lo cierto es que muchas veces viven con ellos, los quieren, cuidan y colaboran en su crianza. Es por ello que la reforma le reconoce ciertos derechos y deberes que pueden llevar adelante los “progenitores afines”, totalmente válidos y que hacen a la vida cotidiana de los niños como ser: firmar boletines, ir a reuniones de padres cuando alguno de ellos no puede, otorgar autorizaciones para salidas recreativas con la escuela, etc.


La familia nuclear y sus efectos

Aunque las personas consideren que la familia es tal y como se la conoce en la actualidad, “la institución familiar es producto de un resultado histórico”, aseguró la psicóloga social, Liliana Guido. Es decir, no siempre las familias estuvieron conformadas del modo en el que hoy las conocemos.

“Hemos venido al mundo con un modelo de familia ya instalado, pero hay otros modelos en la historia. De hecho, durante el siglo XVII y XVIII se trataba de una estructura más ampliada, cuyo objetivo no era solamente la crianza de los niños, sino también las tareas de producción y consumo”, analizó Guido.

Respecto a la preocupación que muchos sectores han mostrado ante la posibilidad de que los nuevos esquemas familiares afecten la salud mental de los menores que se crían en esos núcleos, Guido comentó: “Hay tantas perturbaciones y neurosis en familias que responden al modelo tradicional que al fin y al cabo no sé si importa tanto cómo está integrado el grupo, sino que se garantice el acceso a las condiciones materiales básicas, y que los niños puedan desarrollarse en un contexto de confianza y amor, donde se los proteja y se los ampare”.


La psicóloga social se refirió al modelo costumbrista dominante como “familia nuclear” (padre, madre e hijos) y aseguró que ese esquema genera un proceso de “abnegación” sobre sus integrantes en el que pareciera que sus miembros sólo necesitan de sus familiares más cercanos, cuando en realidad “las personas necesitan de muchos otros para ser. Se impone la obligación de privatizar los vínculos”, lo que termina afectando la salud mental de sus miembros. En definitiva, lo importante, tal como señaló la especialista, es la contención, la protección y el amor que pueda brindarse a los hijos, condiciones que no son patrimonio exclusivo de un único modelo familiar.


POR: Cecilia Toledo. INFONEWS.COM
ARREGLOS: ALBERTO CARRERA

No hay comentarios:

Related Posts Plugin for WordPress, Blogger...