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sábado, 4 de octubre de 2014

Nuevo Código Civil Argentino y los derechos LGBT. lo que hay que saber. "New Argentine Civil Code and LGBT rights"

Tras la aprobación del nuevo Código, referentes de la comunidad LGBT argentina manifestaron sus opiniones en cuanto a los derechos de ciudadanía y familias diversas. La eliminación del texto original de la gestación por sustitución y la determinación de la persona humana a partir de la concepción, son los puntos más rechazados y se adjudican a la presión de la Iglesia católica.


La Cámara de Diputados de la Nación aprobó este miércoles el nuevo Código Civil y Comercial de Argentina, que entrará en vigor en 2016. La sesión estuvo marcada por la retirada de los legisladores del arco opositor, por lo que la ley terminó siendo votada por los 134 diputados oficialistas y aliados presentes en el recinto.

En cuanto a los temas que suscitan mayor interés en la comunidad LGBT, en general las organizaciones destacan las reformas que fortalecen la ciudadanía LGBT y la constitución de las familias diversas, desde las figuras que brindan legalidad a las parejas del mismo sexo hasta las vinculadas con procreación y filiación, o la incorporación del derecho a la identidad de género, entre otras actualizaciones.

Sin embargo, los referentes manifiestan un generalizado rechazo a la eliminación de la gestación por sustitución del texto original –aprobado en el Senado en 2013–, como así también a la inclusión del Artículo 19, que establece que la existencia de la persona humana comienza con la concepción, lo que obstaculizaría la legalización del aborto y el ejercicio de los derechos de la Ley de Fertilización Asistida. Estas modificaciones –que no contemplaba el texto original– son atribuidas a la fuerte injerencia de la Iglesia católica.


Valoraciones y críticas del nuevo texto:

Entre los referentes de la comunidad LGBT local hay quienes valoran el texto en forma integral y quienes se han manifestado de manera más crítica.

Así, César Cigliutti, Presidente de la Comunidad Homosexual Argentina (CHA), manifestó: “Celebramos tener un nuevo Código Civil, luego de más de 140 años de su aprobación, que tenga importantes avances jurídicos como poder elegir entre dos tipos de acuerdos prenupciales, divorciarse en cualquier momento de la relación matrimonial, adoptar una unión convivencial con status legal, emplear métodos de fertilización asistida”. Y agregó: “Seguiremos trabajando para que las leyes sean todavía más inclusivas de la diversidad”.


Esteban Paulón, Presidente de la Federación Argentina LGBT (FALGBT), expresó: “Es cierto que en numerosos aspectos el texto del nuevo Código Civil y Comercial representa un avance, tal el caso del nuevo régimen de adopción, el reconocimiento de las uniones convivenciales, el divorcio abreviado y la voluntad procreacional, pero con la misma convicción expresamos nuestro rechazo a los recortes en materia de derechos que tras más de un año de debate, se había logrado incorporar en los primeros textos en consideración, y que fueron quitados a último momento”. Y agregó: “Entre las mayores preocupaciones destacamos la modificación del artículo 19 en el cual se define la existencia de la persona desde la concepción –eliminando del texto original la expresión ‘en el seno materno’– lo que puede constituir un obstáculo para las prácticas de reproducción humana asistida e implica dificultades para la legalización del aborto, debate que espera ser dado en el Congreso y posee un amplio consenso social y parlamentario”.


Por su parte, Pedro Paradiso Sottile, Secretario de la CHA, dijo: “Si bien rechazamos la redacción del artículo 19, repudiando la injerencia de la jerarquía católica –que una vez más realiza lobby en pos de restringir derechos– o la quita de la gestación por sustitución, sabemos que de una manera integral el proyecto aprobado rompe con paradigmas tradicionales y excluyentes para receptar e instalar los derechos humanos y la diversidad, para ampliar derechos con inclusión, en un hecho histórico para todas y todos. Celebramos con orgullo y vamos por más, siempre, por lo que falta, en pos de la transformación social y cultural que soñamos y por la que seguiremos luchando y trabajando”.
La organización 100% Diversidad y Derechos ratificó su oposición al artículo 19 y recordó que “a través de una carta abierta a los legisladores propusimos otra redacción, junto al CELS, Amnistía Internacional, la CTA y Católicas por el Derecho a Decidir”. La organización también expresó: “Rechazamos la eliminación de la figura de gestación por sustitución, sin embargo eso no nos impide valorar positivamente la reforma en su conjunto. La discusión se dará en el marco de ley especial que regule las técnicas y procedimientos de reproducción asistida para que el artículo 19 no obstaculice el ejercicio de los derechos sexuales y reproductivos”.

Desde la Coalición Argentina por un Estado Laico (CAEL) también se refirieron al polémico artículo 19 que define a la persona humana desde el momento de la concepción, e hicieron especial hincapié en el lobby católico, afirmando que “si bien es debatible hasta qué punto esta definición tendrá implicancias sobre cuestiones como el aborto y las técnicas de reproducción asistida, lo cierto es que la fuerte presión de la iglesia para obtener tal modificación —en su momento— y para apurar la sanción —ahora, tras la visita de la presidenta al Vaticano— muestra hasta qué punto el clericalismo en la Argentina impone a toda la sociedad visiones de un sector religioso y genera inseguridad jurídica incluso a costa de derechos ya reconocidos por ley”.


Ampliación de derechos:

Entre los referentes de la comunidad LGBT, la organización 100% Diversidad y Derechos describió las reformas que considera más positivas para la ciudadanía y las familias diversas.
Se destacan las innovaciones en materia de fuentes de filiación. A la natural y adoptiva se le incorpora la figura de “voluntad procreacional” que determina, a través de un consentimiento previo, informado y libre, la filiación a favor de quienes hayan utilizado las técnicas de reproducción humana asistida, independientemente de quien haya aportado los gametos, de la orientación sexual y del estado civil. Gracias a esta figura, ya no será un requisito el matrimonio de las madres para que sus hijos e hijas sean reconocidos legalmente por ambas.

A propuesta de 100% Diversidad y Derechos se incorpora al nuevo código una Cláusula Transitoria (la tercera) que reconoce la filiación a favor de quienes hayan usado las técnicas antes de la reforma. Esta medida favorece a todas las familias, especialmente a las comaternales. Así, junto con el Decreto de “Reconocimiento Igualitario” (N°1006/12) firmado por la Presidenta de la Nación, Dra. Cristina Fernández de Kirchner, culmina el proceso de reconocimiento legal de todas las familias con dos mamás. Este Cláusula, sin dudas, es un hito en la lucha por la igualdad que nos llena de satisfacción por la tarea realizada.

Del nuevo Código sobresalen también el régimen que regula el matrimonio civil, al cual seguirán accediendo parejas de igual o distinto sexo, y la “Unión Convivencial”, un nuevo instituto más flexible. Ambos se podrán disolver por la sola solicitud de uno o ambos miembros, sin tener que esperar tres años para iniciar el divorcio como es ahora. La solicitud debe presentarse, obligatoriamente, junto a una propuesta que compense a la parte que se vea más desfavorecida por la disolución del vínculo, lo que claramente protege a las mujeres que terminan con un vínculo heterosexual. También se elimina la necesidad de invocar una “causa” para divorciarse. Así, por ejemplo, la infidelidad deja de ser considerada una causal culposa impuesta por el Estado.
Otra innovación importante está relacionada a la inscripción de los apellidos de las hijas e hijos, se podrá optar por inscribir uno o ambos apellidos pero en orden indistinto. Así se termina con la herencia patriarcal y machista de poner el apellido de varón en primer término. También hay positivas y necesarias reformas en relación al régimen de adopción y se habilitan los contratos prematrimoniales, entre otros cambios.

El nuevo texto, además, incorpora al Código Civil el derecho a la identidad de género considerándolo un “justo motivo” para realizar el cambio de nombre y sexo registral sin necesidad de recurrir a una autorización judicial.

Por: Sentidog
Imagenes: Web
Arreglos: AC

jueves, 1 de noviembre de 2012

NUEVO CÒDIGO CIVIL ARGENTINO. PROHIBIDO EL GOLPE A NIÑOS Y ADOLESCENTES

El nuevo Código Civil prohíbe el "chirlo" En el proyecto de reforma se prevé derogar el llamado "poder de corrección" de los padres a sus hijos por el deber de "prestar orientación y dirección"; testimonios de padres y especialistas.


Magdalena Muñoz tiene 38 años y es madre de cinco hijos, de entre dos y siete. No trabaja fuera del hogar, se dedica a ellos. Al momento de marcar límites se define como "autoritaria". Se explaya: "No les permito los caprichos. Si un adulto dice que no es no, ese es el límite y no se discute. No hay nada que charlar ni que entender mucho. Es No . Soy antigua en ese sentido. Lo ideal es no llegar al chirlo , pero a veces es necesario. Hay dos tipos de chirlos : uno que es pensado y es el que le doy cuando uno se me escapa corriendo a la esquina y cruza la calle, que es para que aprenda que eso no se hace. Lo otro, el chirlo que te sale de bronca, cuando estás sobrepasada por la situación. Y no está bueno".

El nuevo código civil pretende derogar el llamado "poder de corrección" y cambiarlo por el deber de los padres de "prestar orientación y dirección". Además, explicita la prohibición total de malos tratos. En el código vigente, si bien se legislaba en el mismo sentido, el artículo 278 adjudicaba a los padres el poder de "corregir" a sus hijos, siempre que lo ejercieran "moderadamente".

Pero, ¿cómo educa a sus hijos una familia numerosa? ¿Cuál es la vigencia de la creencia popular "un chirlo a tiempo"? ¿Qué cuestiones se fueron modificando en cuanto a los límites que marcan padres a hijos? ¿Qué opinan abogados y pedagogos?


Código vigente: Artículo 278. - Los padres tienen la facultad de corregir o hacer corregir la conducta de sus hijos menores. El poder de corrección debe ejercerse moderadamente, debiendo quedar excluidos los malos tratos, castigos o actos que lesionen o menoscaben física o psíquicamente a los menores. Los jueces deberán resguardar a los menores de las correcciones excesivas de los padres, disponiendo su cesación y las sanciones pertinentes si correspondieren.

Nuevo código: Artículo 647.- Prohibición de malos tratos. Auxilio del Estado. Se prohíbe el castigo corporal en cualquiera de sus formas, los malos tratos y cualquier hecho que lesione o menoscabe física o psíquicamente a los niños o adolescentes. Los progenitores pueden solicitar el auxilio de los servicios de orientación a cargo de los organismos del Estado.


La mirada legal

La abogada Marisa Herrera, investigadora de Conicet, compara los fundamentos de ambos códigos y se detiene en los del proyecto de reforma "se deroga el llamado 'poder de corrección' por ser ésta una facultad más acorde con la noción de 'patria potestad'; en cambio, se regula el derecho/deber de los progenitores de ' prestar orientación y dirección ', y se expresa que para esta labor se requiere un ' intercambio con el hijo de acuerdo con cada etapa de su desarrollo '".

Según se explaya Herrera, esta es una demanda marcada por los instrumentos internacionales de Derechos Humanos de aplicación obligatoria y que inspiran toda la regulación infraconstitucional, o sea, un escalón normativo más abajo como por ejemplo las leyes y, entre ellas, el Código Civil.

"Desde esta perspectiva obligada, se debe derogar el 'poder de corrección' ya que esta permisión estaba a tono con la vieja idea de ' patria potestad ', es decir, el padre dueño de la mujer y de los hijos, totalmente contraria a la noción de ' responsabilidad parental ', por la cual los hijos son considerados sujetos de derecho y deben ser educados no a través de la violencia, sino a través de la palabra, el diálogo", explica.

La letrada celebra este paso en el código y agrega: "Si no se procediera a derogar el poder de corrección, la Argentina podría ser pasible de ser responsabilizada en el ámbito internacional por no colaborar de manera directa en la erradicación del maltrato infantil, promoviendo espacios de participación y escucha y no reforzar vínculos en torno a la idea de 'poder' y de 'corrección' para evitar que los niños "se tuerzan".

Además, rescata como positivo que la nueva legislación se preocupe de indicar que el Estado está obligado a brindar auxilio y protección mediante servicios de orientación a los padres.

Virginia todavía hoy, con 35 años, recuerda los pellizcos que le daba su mamá cuando en el banco de la iglesia empezaban a reírse con su hermano. A veces la ligaba ella, a veces él. Después los ponían a cada uno en una punta. A la salida venía un reto. También recuerda, ahora entre risas, los chancletazos que le lanzaba su madre -y que nunca acertaba- cuando no había manera de que durmieran la siesta o de que, al menos, estuvieran en silencio sin salir al sol de las dos de la tarde.


La mirada pedagógica

La doctora en Educación Silvina Gvirtz también celebra el cambio y expone sus motivos. "El prohibir el castigo físico es indispensable porque es lo que permite apostar a la educación como forma de resolver los conflictos. No significa que no existan límites, pero éstos no deben ser mediante agresión física o psíquica sino desde la palabra, marcando lo que los chicos pueden y no pueden hacer. Nunca con violencia ni física ni psicológica".

Según reflexiona: "Si el papá pega, el hijo entiende que el golpe es un modo de resolver un conflicto y lo replica. En cambio, lo que enseña una sociedad inteligente y democrática es que los conflictos se resuelven a partir del diálogo, de establecer acuerdos. Lo otro, es la imposición del más fuerte por sobre el más débil".

Esta especialista, investigadora del Conicet, directora ejecutiva de Conectar igualdad , reconoce que existen diferencias entre "el acto reflejo de pegarle a un chico en la mano cuando mete la mano en el enchufe", de un acto de violencia como puede ser una paliza. De todos modos, repudia ambos. "En lugar de la violencia, por más de que sea un golpecito en la mano, es mejor ser vehemente en la palabra, en el ' No ' y en la actitud de firmeza con que marquemos el límite".

Gvirtz considera que este es el camino para desactivar todo tipo de maltrato familiar. "La violencia se suele ejercer contra la mujer y también contra los chicos", recuerda..

Ana María Nolazco es una entre 12 hermanos. Ahora, con 61 años, ya tiene cuatro hijos y ocho nietos. "No nos pegaban, a los sumo nos mandaban al rincón o nos daban un tirón de orejas". Recuerda cuando se sentaban a la mesa: "Nos obligaban a quedarnos quietos y callados. Muy a la antigua, nos decían: 'Los mayores hablan, los chicos se callan".
"Otro momento difícil era la hora de irnos a dormir. Otro dicho de la abuela, que vivía con nosotros, era 'Antes de las diez en la cama estés, si es antes, mejor que después'. No se olvida de cómo ella bajaba con algunos de sus hermanos en puntas de pie para escuchar la conversación de los mayores. Si nos descubrían salíamos corriendo y volaban los chancletazos". La abuela era brava. Cuenta Ana María que amenazaba con pegarles con el cinto o con el plumero, pero nunca pasaba de golpear el piso para hacer ruido y asustarlos. Ahora se ríe de eso.
Ella fue distinta con sus hijos y observa que ellos a su vez lo son con los suyos. "Hay otras formas de lograr respeto sin convertirse en sargentos. Ahora hay más comunicación, se tocan temas prohibidos en nuestra época", rescata. Sin embargo, reconoce que, por el ritmo de vida de los padres, a veces a los chicos se les permiten cosas que después son difíciles de limitar. "Veo que se les dificulta poner límites, más cuando a veces los chicos confunden a sus padres con sus amigos".


POR: Verónica Dema.  LANACION.COM.AR
ARREGLOS FOTOGRÀFICOS: ALBERTO CARRERA


martes, 4 de septiembre de 2012

MAFALDA Y SUS AMIGOS TIENEN DERECHO A VOTAR..........!! VOTO JÒVEN

LOS DERECHOS Y LOS LIMITES DE LA JUVENTUD > DEBATE POR EL PROYECTO PARA HABILITAR EL SUFRAGIO A LOS 16 AñOS.

“¿Por dónde hay que empujar este país para llevarlo adelante?”   "Mafalda"


Hace un par de días, Joaquín Lavado, más conocido como Quino, celebraba –y permitía que le celebren– sus jóvenes 80 años en el Congreso de la Nación. Verlo fue recordar uno de sus pensamientos más sutiles: “Tal vez algún día dejen a los jóvenes inventar su propia juventud”.

Sabio Quino. Siempre supo lo que quería decir. Reconocer a los jóvenes, escuchar a los jóvenes, dejarlos hacer su mundo porque, en definitiva, esto de legarles un mundo hecho... bueno, uno ya sabe lo que opinaba Mafalda al respecto: “Sonamos muchachos... Resulta que si uno no se apura a cambiar el mundo, después el mundo lo cambia a uno”.

Joven, Quino, en sus 80 pirulos. Acaso porque como decía Juan Perón, “Jóvenes son aquellos que no tienen ni el cerebro marchito ni el corazón intimidado”. Estimo que Quino hubiese deseado que Mafalda, al llegar a los 16 años, tuviese la oportunidad de votar. El y tantos como él que “aprendimos” de esa pibita y de sus amigos más compromiso y más solidaridad que de muchísimos adultos con los que uno se cruzaba a diario.

“No sé si los chicos de 16 años están formados ya para votar”, cerraba, días atrás, su comentario Magdalena Ruiz Guiñazú. Una duda razonable en alguien que fue formada en un mundo en donde las mujeres no votaban y se era “legalmente adulto” recién a los 22 años. Pero sabido es que la modernidad y sus “valores políticosociales” están en mudanza. Y la época, esta época, demanda respuestas a situaciones dadas que Magdalena, a sus 16 años, no podría ni haber soñado, con todo lo evolucionada que, supongo, debe haber sido.

El proyecto significa, ni más ni menos, que el intento de esbozar una de esas respuestas: la que exige un proceso de profundización de la participación y la militancia política que ha vuelto a florecer en la Argentina.

No necesito decir que hoy un joven de 16 años no es, ni por asomo, lo mismo que era uno de su edad allá por 1940. La intervención activa de los adolescentes en muchas de las cuestiones que hacen al día a día de nuestra sociedad, su militancia en los diferentes espacios políticos y sociales, su compromiso con el arte, la tecnología, el deporte y la justicia social –sólo por nombrar algunos de los espacios en los que interactúan– expresan con claridad la importancia de sus pareceres.

Tampoco es preciso recordar que las primeras voces que se alzaron contra esta idea –De Narváez, Patricia Bullrich... y siguen las firmas– son las mismas que abogaron para que se bajara la edad de imputación... ¡a 14 años! Se desesperan por demostrarnos que la juventud, toda la juventud, son responsables de todos los delitos. Se niegan a reconocer que el 99,998 por ciento de los pibes/adolescentes se rompen el lomo estudiando, trabajando, practicando deportes, perfeccionándose o proyectando sus virtudes para el arte.

Como fuere, muchos países del mundo han incorporado esta posibilidad de votar a los 16 años. Brasil, sin ir más lejos. Nuestro socio y amigo del Mercosur, con el que les gusta tanto comparar a la Argentina. Y los resultados, en términos de democracia “cruda”, han sido muy positivos.

Hoy el debate está planteado. Y creo –estoy seguro, en realidad– que hay muchísimas Mafaldas, y Miguelitos, y Guilles, y Felipes de 16 años que, con sus dudas, sus temores, sus ansiedades y sus alegrías, van a abrazar positivamente la posibilidad de ejercer ese derecho que les pertenecerá legítimamente. Y que lo van a hacer a conciencia. Incorporando con orgullo este derecho ciudadano. Pero también con responsabilidad.

Basta de agoreros que no saben hacer otra cosa que expresar su temor ante la posibilidad de que “influyamos” en esas “cabecitas vírgenes” y los hagamos votar lo que el Gobierno quiere.

Al decir de William Shakespeare: “La sangre joven no obedece un viejo mandato”... Será por eso que los “viejos poderes” le tienen tanto miedo a la juventud.



POR: Aníbal Fernández. PAGINA12.COM.AR
ARREGLOS: ALBERTO CARRERA

domingo, 2 de septiembre de 2012

CÙPULA ECLESIÀSTICA FUERA DE JUEGO

Qué hizo la Iglesia en mi cama.

Antes que irritarse por los intentos de la Iglesia por imponer sus ideas en la reforma del Código Civil, hay que alegrarse por lo que constituye la novedad fundamental no sólo de los años kirchneristas sino del ciclo iniciado en 1983. Tras 28 años de maduración democrática, con hitos como la sanción de la ley de Divorcio o la de Matrimonio Igualitario, la Iglesia tiene cada vez menor capacidad de presión sobre la sociedad y la política. Con esa conciencia, sus últimos aprietes se hicieron tímidos, hasta desmayados, especialmente porque tras las últimas experiencias de debate colectivo la cúpula eclesiástica quedó en clarísima posición fuera de juego o sólo acompañada por voceros tan pintorescos como el salteño Alfredo Olmedo, aliado al PRO. Hasta el apellido Bergoglio, antes tan frecuentado, está en descenso.


A esta altura, la Iglesia, al menos en las grandes ciudades argentinas (en algunas provincias es muy distinto), ni siquiera puede entrar en alianza estratégica con otros factores de poder. Si es por el poder mediático, el imaginario de TN o canal 13, por ejemplo, forjado desde mucho antes del kirchnerismo, sintoniza más con la idea de un ciudadano de clase media autónomo que con el de un fana de la Inquisición. La capacidad de intervención de la Iglesia, en cambio, es más eficaz cuando consigue instalar estudios sociales o económicos a través de la UCA u otros espacios.

Quien escribe debió cubrir en los años ’80 la experiencia compleja del Congreso Pedagógico Nacional impulsado por el alfonsinismo. En su afán de limitar o evitar todo avance cultural, la Iglesia desplegó una inmensa capacidad de movilización que nadie llamó “clientelar”: decenas de miles de alumnos y docentes de establecimientos confesionales (“financiados con nuestro dinero”) copando las asambleas, más la capacidad de lobby de los obispos. El alfonsinismo quedó más bien solo y triste. El papel del peronismo fue muy poco edificante.


Eran los años en que la derecha no sólo procesista hablaba de la “sinagoga radical”, del calificativo “pornográfica” asociado a la palabra “democracia”, de la anécdota de aquel cura que increpó a Alfonsín desde un atrio, de Gerardo Sofovich catalogando a María Elena Walsh y María Herminia Avellaneda como integrantes de la “patota cultural”. No se metían porque sí contra ellas, defendían su espacio de poder, latía la risotada brutal en torno de una elección sexual.

Aquella era la Argentina de mierda de la que veníamos, contrahecha en las catacumbas de la dictadura. No se trata sólo de socorrer duras memorias reiteradas, la asociación Iglesia/dictadura/Sociedad Rural. Se trata de la (mala) vida de todos los días. De la imposibilidad de expandir libertades y autonomías. Salimos de la dictadura envueltos en niebla medieval, Con los curas advirtiendo de un Apocalipsis por cada avance liberador posible. La ley de divorcio, las campañas a favor del uso del preservativo, las leyes de educación sexual, la expansión de derechos para situaciones tan increíblemente injustas y a la vez cotidianas como las de las mujeres que, según se decía en un lenguaje ya envejecido, vivían en concubinato, es decir, en pecado.

En agosto de 1986 en la revista El Porteño le afanamos una frase a un gran periodista español y la mandamos a tapa. “¿Qué hace la Iglesia en mi cama?”, se preguntaba una pareja en esa portada, los dos jóvenes yaciendo en el lecho y entre ambos un obispo purpurado, pancho y sonriente. Cuesta años; tramos enteros de nuestras vidas, pero lo vamos consiguiendo.


POR: Eduardo Blaustein. INFONEWS.COM
ARREGLOS FOTOGRÀFICOS: ALBERTO CARRERA

EMBARAZOS: TRATAMIENTOS DE REPRODUCCIÒN PARA TODOS

¿Embarazos para todas y todos?

La media sanción en la Cámara de Diputados de un proyecto de ley que obliga a obras sociales y prepagas a cubrir los tratamientos de reproducción generó polémicas, porque alcanza no sólo a las parejas heterosexuales infértiles sino también a homosexuales. Lo que la ley no dice. Las controversias que vendrán.


El 27 de junio pasado fue un día de paradojas. Mientras el sindicalista Hugo Moyano convocaba a la Plaza de Mayo para reclamar por el impuesto a las ganancias, la Cámara de Diputados daba media sanción a un proyecto de ley sobre fertilidad asistida frente a la Plaza del Congreso. Aunque no parezcan tener nada que ver, ambos sucesos podría ser unidos por la magia de las estadísticas: casi tantas personas sufren por las remuneraciones como por la esterilidad en la Argentina.
 
Entre el 10 y el 20% de las parejas tiene problemas para concebir un hijo naturalmente, en tanto el 19% de la población, según la presidenta Cristina Fernández de Kirchner, aporta una porción de su sueldo en concepto de ganancias. Más allá de los malabarismos numéricos, la pregunta que sobrevuela al debate de la ley de fertilidad es si corresponde redistribuir parte del dinero de todos entre los que no pueden tener hijos por sí solos.

Los especialistas en reproducción humana alegan que la infertilidad es una enfermedad y, como tal, debe ser contemplada por el sistema de salud de un país. Otros médicos, en cambio, deslizan que hay muchas otras necesidades sanitarias que están antes que las dificultades para concebir. Hay quien plantea que sería mejor simplificar el sistema de adopción antes que estimular la reproducción artificial. Y, también, quien advierte que no parir hijos es un dolor inconcebible para quien no lo padece.

La realidad es que la mayoría de las personas quieren agotar todas las posibilidades de gestar hijos biológicos –aunque sea con óvulos o espermatozoides donados– antes de optar por la adopción de un niño ajeno. La ciencia lo hace cada vez más posible.

Desde que Louise Brown vio la luz en Gran Bretaña hace 34 años, ya nacieron cinco millones de “niños de probeta” en el mundo. Las técnicas de reproducción se han convertido en rutina y muchos países, desde Italia y España hasta Gran Bretaña y Australia, contemplan los tratamientos de fertilidad como parte de la cobertura de salud de su población.

Argentina es pionera en técnicas de reproducción asistida, pero hasta el momento los avances se han mantenido en la esfera de la medicina privada, que suele facturar más de 25 mil pesos por un ciclo de tratamiento.

Se calcula que existen 60 mil argentinos que no pueden concebir naturalmente, y sólo una pequeña proporción de ellos puede acceder a los tratamientos de alta complejidad. Apenas el 10% de los pacientes tienen hoy cobertura para recurrir a la reproducción asistida. Hay que tener en cuenta, además, que en cada ciclo de tratamiento sólo el 40% de las mujeres menores de 35 años logra un embarazo, cifra que baja a un 25 a 35% de éxito en las mujeres de entre 35 y 40 años. Por eso, usualmente se requiere hacer más de un ciclo de fertilización para conseguir un embarazo que llegue a buen término. No todos pueden permitírselo.

Anualmente se hacen unos 12 mil tratamientos FIV en la Argentina. Pero, si se aprueba la cobertura universal, la cantidad podría más que duplicarse. De ahí que tanto pacientes como clínicas privadas se hayan aliado detrás del reclamo de inclusión en el Plan Médico Obligatorio (PMO).

Hace dos semanas, los diputados apoyaron por 169 votos a favor y 7 abstenciones la cobertura de los tratamientos para quienes busquen tener hijos con ayuda tecnológica, ya sean parejas heterosexuales infértiles, mujeres independientes, homosexuales o sobrevivientes del cáncer.

Según el proyecto, las obras sociales y las prepagas deberán pagar las hormonas, las inseminaciones artificiales, las operaciones de endometriosis, las inyecciones de un espermatozoide en un óvulo (método ICSI) o cualquier otra técnica aprobada por la OMS para lograr que una mujer porte un bebé en su vientre.

“Desde la Cámara Alta trabajaremos para tratar pronto el proyecto que ya tiene media sanción de Diputados, ya que no nos parece justo que actualmente este tipo de prácticas sean posibles sólo para aquellos que poseen recursos económicos para solventarlas”, señaló Daniel Filmus, senador porteño por el Frente para la Victoria.

Aunque el proyecto busca no discriminar por orientación sexual ni estado civil, no avanza en cuestiones prácticas –y espinosas–, que fueron dejadas para el momento de la reglamentación, a cargo del Ministerio de Salud de la Nación. En esa instancia se tendrán que decidir el número de intentos de fertilización cubiertos por el PMO, el tiempo que se permitirá tener congelados  los embriones y qué se hará con los sobrantes.

En principio, los embriones de freezer pueden ser implantados en la misma pareja que los “encargó”, donados a otras mujeres, usados para investigación o descartados. En este último caso, aunque los embriones a eliminar tengan unas pocas células, algunos sostienen que no pueden ser eliminados porque se trataría de un crimen.

Como sea, el proyecto recibió el apoyo de médicos y pacientes. “Es muy positiva la ley que se debate actualmente, porque garantiza la cobertura de los tratamientos para todos los pacientes y porque coincide con la reforma del Código Civil, que definirá las cuestiones más complejas”, evalúa Sergio Pasqualini, director del Instituto Halitus, quien agrega que las sociedades científicas y los especialistas “esperamos que nos convoquen a la hora de reglamentarla”.

“La ley es buena, pero debería incorporar la posibilidad de acudir a úteros subrogados por motivos médicos, ya sea porque una mujer no tiene útero o porque presentó varias fallas de implantación”, señala Ester Polak de Fried, del Instituto CER, desde el Congreso Europeo de Medicina Reproductiva, donde los expertos recomendaron transferir sólo un embrión en cada intento de fertilización, con el objetivo de disminuir la mortalidad de los bebés gestados en embarazos múltiples.

Por su parte, la asociación de pacientes Concebir, que también reclama ser consultada para la reglamentación de la ley, insiste en la creación de un Registro de Donantes de gametas y en el derecho a la identidad de los niños nacidos por fertilización in vitro que deseen conocer a quienes donaron los óvulos o espermatozoides que les dieron origen. Esta medida, que se está empezando a aplicar en unos pocos países, no es vista con  buenos ojos por los donantes, especialmente los de semen, que suelen entregar sus espermatozoides puramente por motivos económicos y temen quedar pegados a futuros problemas de herencia y otros reclamos de paternidad.

“El proyecto actual de ley universal es un avance, pero es incompleto”, afirma la odontóloga Isabel Rolando, madre de una hija nacida por FIV y presidenta de la ONG Concebir. “El Poder Legislativo dejó todo en manos del Ejecutivo para reglamentar la ley, y tememos que no se tome en cuenta el congelamiento de embriones, que es parte de la técnica y evita el riesgo de un embarazo múltiple y la sobreestimulación ovárica en cada ciclo femenino”, agrega Rolando.

La provincia de Buenos Aires, que ya cubre dos intentos de FIV en mujeres de 30 a 40 años, fue pionera en la cobertura de tratamientos de fertilidad asistida en la Argentina. Pero la ley bonaerense no alcanza a paliar las necesidades de la población infértil, ya que no cubre el congelamiento de embriones ni la ovodonación.

“Apoyamos la ley nacional porque queremos el acceso igualitario a los tratamientos”, afirma Sergio Papier, presidente de la Sociedad Argentina de Medicina Reproductiva (Samer). “Pero creemos que la ley debería incorporar la criopreservación y la ovodonación. Además, debería clarificar el rol del Estado en la cobertura de pacientes que no tienen ninguna obra social. Y también debería haberse basado en una planificación para establecer qué centros van a atender la demanda, de dónde saldrá el presupuesto para atenderla y la formación de recursos humanos suficientes”, agrega el médico especialista en fertilidad asistida.

Hace más de 15 años que la Argentina da vueltas en torno de una ley de fertilidad que regule las prácticas que se llevan a cabo en el país. La ley que dará cobertura universal será la primera de América Latina, pero su verdadero impacto social y sanitario dependerá de la reglamentación que reciba en los próximos meses.


Decisiones difíciles

Más allá de la cobertura de los tratamientos, muchos otros temas controvertidos se suman al avance imparable de la ciencia de la reproducción humana.

Así como el análisis cromosómico en el primer trimestre del embarazo permitió saber si un bebé nacería con Síndrome de Down –habilitando la terminación de la gestación–, los nuevos tests genéticos aplicados a embriones tempranos permiten ahora seleccionar a los sanos y descartar a los enfermos.

Hoy basta tomar una célula del puñado que tiene un embrión de pocas horas y analizar porciones de su ADN para descubrir si porta una mutación que provocará una enfermedad grave, como la corea de Huntington o la fibrosis quística. Así, sólo se implantan en el útero materno los embriones que no están genéticamente condenados a una muerte temprana o a una vida de padecimientos.

Pero las decisiones no son fáciles. El diagnóstico genético preimplantatorio (PGD) no sólo puede rastrear mutaciones letales sino también variaciones genéticas asociadas –pero no siempre causantes– de enfermedades. Por ejemplo, ya es posible hacer un análisis de ADN para determinar si un embrión porta mutaciones BRCA 1 o 2, que aumentan el riesgo de padecer cáncer de mama y ovario. ¿Se justifica descartar un embrión porque da positivo para este test? Para las mujeres que han visto morir a familiares por estos cánceres, la respuesta suele ser afirmativa. Pero para otras, sería mejor que una niña nazca y esperar a que la medicina encuentre una solución futura.

Los avances tecnológicos obligan a resolver cuestiones impensadas. Según un nuevo estudio publicado en la revista Nature, ahora es posible estudiar el ADN fetal en la sangre de la mujer embarazada, de modo de conocer el genoma del niño por nacer sin poner en riesgo al feto. Además, el nuevo método, desarrollado por la Universidad de Stanford, en Estados Unidos, no requiere analizar el ADN del padre.

¿Para qué servirá este test? En principio, para descubrir aneuploidías, es decir, falta o exceso de cromosomas en un feto temprano, algo que hasta ahora se podía hacer mediante el análisis de vellosidades coriónicas o amniocentesis, pero que tenía riesgos para el bebé. Según los científicos, el objetivo del nuevo test prenatal es detectar anomalías que provoquen problemas de corazón u otros órganos que puedan ser tratados en el útero o inmediatamente después de nacer.


POR: Alejandra Folgarait. ELGUARDIAN.COM.AR
ARREGLOS FOTOGRÀFICOS: ALBERTO CARRERA 


jueves, 30 de agosto de 2012

LOS NUEVOS MODELOS DE FAMILIAS ARGENTINAS

Familias: las de antes, las de hoy, y sobre todo, las que se quieren

Aunque no faltan los nostálgicos que aseguran que “familias eran las de antes”, el modelo tradicional convive hoy con otras diversas formas: parejas homosexuales con hijos propios o adoptados, personas que nunca pasaron por el registro civil y hasta familias ensambladas. Todas ellas serán incluidas en el Nuevo Código Civil. INFOnews consultó a diversos especialistas en el tema. 


La idea de que “nada se pierde, todo se transforma”, se ajusta con particularidad precisión al surgimiento de los nuevos modelos familiares. Un hombre y una mujer que mediante tratamiento deciden tener un hijo pero no son pareja, familias ensambladas, hijos por fertilización asistida, hijos de parejas homosexuales –producto de relaciones anteriores-, niños adoptados por personas del mismo sexo y hasta parejas basadas en el afecto y en un proyecto de vida en común que están varios años juntos, pero no pasan por el registro civil para formalizar la unión, son algunas de las variantes que han ampliado la idea tradicional de familia.

“La reforma no crea nada que no se muestre hoy”, se aclara desde la página oficial del Código Civil, lanzada ayer, en el marco de la modificación que busca hacerse sobre esa norma. La presidenta, Cristina Fernández de Kirchner, lo había anunciado a principio de año: se trabajará en la unificación de los Códigos Civil y de Comercio. Y ello incluye un ajuste de la reglamentación vigente a toda una serie de situaciones familiares que ya se suceden al interior de la sociedad.

Cualquiera sea la condición social, sexual o económica de la persona, todos tienen derecho a que la legislación civil los tenga en cuenta. Y aunque hay quienes se resistan, no hay dudas de que la familia no es una sola; o en todo caso el modelo tradicional de familia ha pasado a compartir escenario con otras diversas formas de vivir en familia. 


Familias producto de vientres alquilados

Hasta el momento en el que se aprueben las modificaciones que buscan introducirse en el Código Civil, madre es aquella que parió a su hijo. Pero a partir de los cambios que se generarán en la norma, padres serán quienes tengan el deseo procracional de serlo.

De este modo no será considerarda madre la mujer que presta su vientre o que dona sus óvulos –que deben ser dos personas diferentes- sino la parejas que requirieron el tratamiento de reproducción. Así, las personas que donan el material genético para producir vida no tienen ninguna relación filiatoria con el menor que llega al mudo; porque lo que se prioriza es la voluntad procacional.

“Lo importante en estos casos es el deseo de ser padres”, comentó la presidenta de Concebir; Isabel Rolando, a INFOnews al tiempo que destacó la necesidad de reglamentar la iniciativa para que el alquiler de vientres no se convierta en una actividad comercial.

De ser aprobado en la modificación que busca introducirse al nuevo código, el alquiler de vientres posibilitará a las parejas homosexuales tener hijos –convirtiéndose una de las partes en donantes del material genético-, y de ese modo un nuevo esquema familiar formará parte de la pluralidad de modos de vivir en familia que ya existen.


Madres homosexuales

Aquellas parejas de mujeres que hace algunos años llevaron adelante el proyecto de tener un hijo, mediante las técnicas de reproducción asistida, traían al mundo un niño que sólo contaban con un progenitor- la mujer que los dio a luz-.

Ello muy a pesar de que a ese menor le correspondía tener doble vínculo legal y así poder gozar de todos los derechos que se derivan de esa relación: cobertura médica, ser beneficiario en la protección de la vivienda que implica la figura del bien de familia, ante el fallecimiento, poder heredarla, Etc. Todo ello sin tener en cuenta la principal consecuencia: que el derecho reconozca, legitime y valore el vínculo afectivo entre esos niños y la cónyuge de la mujer que formó parte del proyecto parental y que en algunos casos, también aportó el material genético.


Uniones convivenciales

El censo del 2010 indica que casi un 40% (38,80 para ser más precisos) de las personas que viven en pareja, se tratan de uniones no matrimoniales. La ley hasta ahora silencia una gran cantidad de derechos, lo cual ha obligado en varias oportunidades que los jueces (dependiendo de la voluntad de cada magistrado), deban extender la aplicación de normas del matrimonio a las parejas no casadas por imperativo de principios básicos como lo es la igualdad de derechos entre los hijos matrimoniales y extramatrimoniales. ¿Es posible que el hogar familiar, el techo en el que viven los hijos pueda ser protegido si sus padres están casados y no serlo si ellos no pasaron por el registro civil?

“Nosotros decidimos no casarnos porque consideramos que un papel no hace a la diferencia. Tenemos una relación afianzada y no consideramos imprescindible tener que pasar por una serie de trámites burocráticos”, aseguró Romina, que convive con su pareja hace más de cinco años y están a la espera de su primer hijo.

Aunque sostiene la decisión de no “formalizar” institucionalmente su vínculo, asegura que el hecho de que ambos mantengan independencia económica facilita lo cotidiano. “Yo porque tengo trabajo, pero sino, por ejemplo, mi pareja no podría incluirme en su plan de la obra social, porque no estamos casados”, aseguró Romina, dando cuenta de ciertas dificultades que aparecen para quienes no pasaron por el registro civil, y que el nuevo Código viene a remediar.


Divorcio y ensamble

Otra de las formas que ha adoptado la familia, es la famosa estructura ensamblada: los míos, los tuyos y los nuestros. Pero en muchos casos, antes de llegar a esa estructura, es necesario atravesar por tediosos procesos de divorcio, en los que muchas veces los hijos se convierten en rehenes de la separación.

Es por ello que una de las modificaciones que buscan introducir al código, es la eliminación de las denominadas causales de divorcio. De ese modo ya no se necesitará mutuo acuerdo para comenzar con los trámites de divorcio.

“La idea es que si uno quiere pueda ir al registro, presentarse con su DNI y pedir el divorcio. Porque lo que suele suceder es que una de las partes se quiere separar y la otra no, entonces hace todo lo posible para conservar el vínculo y allí aparece la extorción, el reclamo cotidiano por abandono y el uso de los hijos para retener a la pareja”, comentó una persona para quien el proceso de divorcio se transformó en un proceso muy arduo.

Una vez que el individuo logró divorciarse, y hasta constituir otra pareja aparece un nuevo conflicto: la figura de los “hijos afines”. Que si bien no son los hijos biológicos de esta persona, lo cierto es que muchas veces viven con ellos, los quieren, cuidan y colaboran en su crianza. Es por ello que la reforma le reconoce ciertos derechos y deberes que pueden llevar adelante los “progenitores afines”, totalmente válidos y que hacen a la vida cotidiana de los niños como ser: firmar boletines, ir a reuniones de padres cuando alguno de ellos no puede, otorgar autorizaciones para salidas recreativas con la escuela, etc.


La familia nuclear y sus efectos

Aunque las personas consideren que la familia es tal y como se la conoce en la actualidad, “la institución familiar es producto de un resultado histórico”, aseguró la psicóloga social, Liliana Guido. Es decir, no siempre las familias estuvieron conformadas del modo en el que hoy las conocemos.

“Hemos venido al mundo con un modelo de familia ya instalado, pero hay otros modelos en la historia. De hecho, durante el siglo XVII y XVIII se trataba de una estructura más ampliada, cuyo objetivo no era solamente la crianza de los niños, sino también las tareas de producción y consumo”, analizó Guido.

Respecto a la preocupación que muchos sectores han mostrado ante la posibilidad de que los nuevos esquemas familiares afecten la salud mental de los menores que se crían en esos núcleos, Guido comentó: “Hay tantas perturbaciones y neurosis en familias que responden al modelo tradicional que al fin y al cabo no sé si importa tanto cómo está integrado el grupo, sino que se garantice el acceso a las condiciones materiales básicas, y que los niños puedan desarrollarse en un contexto de confianza y amor, donde se los proteja y se los ampare”.


La psicóloga social se refirió al modelo costumbrista dominante como “familia nuclear” (padre, madre e hijos) y aseguró que ese esquema genera un proceso de “abnegación” sobre sus integrantes en el que pareciera que sus miembros sólo necesitan de sus familiares más cercanos, cuando en realidad “las personas necesitan de muchos otros para ser. Se impone la obligación de privatizar los vínculos”, lo que termina afectando la salud mental de sus miembros. En definitiva, lo importante, tal como señaló la especialista, es la contención, la protección y el amor que pueda brindarse a los hijos, condiciones que no son patrimonio exclusivo de un único modelo familiar.


POR: Cecilia Toledo. INFONEWS.COM
ARREGLOS: ALBERTO CARRERA

domingo, 26 de agosto de 2012

COMUNIDAD HOMOSEXUAL ARGENTINA ANTE INTROMISIÒN RELIGIOSA POR CODIGO CIVIL

Dura respuesta de la CHA a la Iglesia Sobre la reforma del Codigo Civil.Desde la Comunidad Homosexual Argentina (CHA), frente a la intervención del titular de la Comisión Episcopal Argentina, José María Arancedo, en la Comisión Bicameral que analiza la reforma de los códigos Civil y Comercial, quien cuestionó leyes nacionales como la del Matrimonio Igualitario y la Ley de Identidad de Género (entre otras) afirmando que la familia fundada en el matrimonio entre un varón y una mujer es “óptima” y “un bien de la humanidad” expresa el espíritu democrático y pluralista del país, que es también el reclamo de la organización.


César Cigliutti, Presidente de la CHA dijo que “Las leyes del Matrimonio Igualitario y la Ley de Identidad de Género, además de otorgarnos los derechos que nos corresponden como a cualquier ciudadano/a, manifiestan de una manera sólida la separación de iglesia y Estado que debe garantizar una verdadera democracia. El ingreso a la Comisión Bicameral del arzobispo Arancedo con la Senadora Liliana Negre de Alonso (que encabezó la cruzada en contra de la Ley del Matrimonio Igualitario), es la expresión de una combinación que ya fue rechazada y que perdió en la votación de las dos leyes. Las iglesias tienen sus templos y colegios para difundir sus doctrinas, un país está conformado no por feligreses sino por ciudadanos y ciudadanas que pueden o no tener una confesión religiosa, que tienen orientaciones sexuales e identidades de género diversas y que conforman diferentes formas de familias. Sería enriquecedor para la propia iglesia tener una actitud crítica con su propia institución en temas como los que denunciamos en la CHA, por ejemplo, la política vaticana, la de los obispos argentinos por su complicidad y por el ocultamiento de los abusos de menores realizados por sacerdotes que fueron, en el peor de los casos, trasladados a otros lugares donde continuaron con sus abusos”.

Por su parte, Pedro Paradiso Sottile, Secretario y Coordinador del Area Juridica, manifestó: “El Proyecto de Reforma del Código Civil es un excelente trabajo para alcanzar la ciudadanía plena, el reconocimiento de los derechos humanos y la inclusión de todas las personas y las familias, sin discriminación alguna. Es tiempo de debatir y pensar en un derecho constitucional de familias, que respete la visión de los derechos humanos y los garantice, ampliando los derechos frente a años de miradas hegemónicas y represivas, que sectores como la jerarquía de la iglesia católica pretenden seguir sosteniendo, sin comprender el momento histórico y democrático que estamos construyendo desde la sociedad en su conjunto. La aprobación de estas propuestas significaran mejor calidad de vida de millones de personas, como también un acto de justicia, de reparación y de absoluta necesidad para la realidad en que vivimos las  diversas familias y la ciudadanía en nuestro país. Vamos por MAS DERECHOS, MÁS LIBERTAD, MÁS IGUALDAD, MÁS DEMOCRACIA, para afianzar, proteger y garantizar los derechos alcanzados, las leyes promulgadas, promoviendo la inclusión y el respeto para todas y todos, en la concepción de un estado laico y democrático, como un gran avance, necesario e imprescindible para muchas personas y familias que durante años hemos sido excluidos o marginados, por diferentes motivos o razones, entre ellas, nuestras orientaciones sexuales, identidades de género y sus expresiones”.



POR: SENTIDOG.COM
ARREGLO FOTOGRÀFICO: ALBERTO CARRERA

viernes, 24 de agosto de 2012

IGLESIA CATÒLICA ESTATAL ARGENTINA. POR QUE..??

La Iglesia Católica no es una institución estatal.
 
El presidente de la Corte Suprema de la Nación, en numerosas entrevistas, manifestó que vivimos en una sociedad pluralista y que el nuevo código debe mostrar la diversidad de nuestra sociedad. Totalmente de acuerdo.


Los últimos años se logró una ampliación de derechos y de distribución de bienes. Sin embargo, la producción, apropiación y distribución de los bienes religiosos que podemos llamar también bienes de salvación, en lo que tiene que ver con el vínculo con el Estado, parecen inmunes a estos cambios. Y sin embargo, ¡siempre no fue así!

Una mirada histórica socio-religiosa se hace imprescindible. El código de 1871 busca imponer el liberalismo en toda la vida y su objetivo fue regular la república liberal conservadora desde una visión de individuo varón, padre, blanco, propietario y cristiano. Sus racionalidades son explicadas como “naturales” y “biológicas” bajo un estado mínimo no democrático que debe garantizar las desigualdades de la libertad de mercado.

Se reconocen allí personas jurídicas que pueden ser de carácter público o privado. Leerlas con detenimiento nos lleva a una de las memorias en juego.

Las de carácter público son (artículo 33-Texto originario): “Las personas jurídicas, sobre las cuales este Código legisla, son las que, de una existencia necesaria, o de una existencia posible, son creadas con un objeto conveniente al pueblo, y son las siguientes: 1. El Estado; 2. Cada una de las provincias federadas; 3. Cada uno de sus municipios; 4. La Iglesia; 5. Los establecimientos de utilidad pública, religiosos o piadosos, científicos o literarios, las corporaciones, comunidades religiosas, colegios, universidades, sociedades anónimas, bancos, compañías de seguros y cualesquiera otras asociaciones que tengan por principal objeto el bien común, con tal que posean patrimonio propio y sean capaces, por sus estatutos, de adquirir bienes, y no subsistan de asignaciones del Estado”.

Vemos, siguiendo en la lógica del Patronato y de la “subsidiariedad”, al legislar “objetos convenientes al pueblo” y “al bien común” aparecen la Iglesia (sin adjetivos) y otros grupos religiosos como subordinados al Estado.

El proceso incipiente de militarización y catolización que se vive a partir de 1930 pone en tela de juicio esa hegemonía liberal. La Iglesia Católica no acepta ser subordinada ni compartir la “argentinidad” con otros grupos religiosos y pasa a ser un actor de poder central en las nuevas hegemonías. El estatal –y actual– Fichero de cultos no católicos es el ejemplo típico-ideal.

Dirigida por el católico y ministro Guillermo Borda, en la época del dictador Onganía se impone –nuevamente en un gobierno no democrático– la Ley Nº 17.711 en 1968 cambia el CC, buscando resolver “numerosos problemas que habían dado lugar a polémicas e incertidumbres”. Otra memoria se instala y disputa.

Vemos así que el artículo 33 queda redactado ahora de la siguiente forma: “Las personas jurídicas pueden ser de carácter público o privado. Tienen carácter público: 1º) El Estado nacional, las Provincias y los Municipios. 2º) Las entidades autárquicas. 3º) La Iglesia Católica. Tienen carácter privado: 1º) Las asociaciones y las fundaciones que tengan por principal objeto el bien común, posean patrimonio propio, sean capaces por sus estatutos de adquirir bienes, no subsistan exclusivamente de asignaciones del Estado y obtengan autorización para funcionar. 2º) Las sociedades civiles y comerciales o entidades que conforme a la ley tengan capacidad para adquirir derechos y contraer obligaciones, aunque no requieran autorización expresa del Estado para funcionar”.
 

Esa dictadura decide –recién en ese momento histórico– que la única institución religiosa que, sin tapujos, es considerada de derecho público es la Iglesia Católica y al mismo tiempo elimina la cláusula 5 del Código de Vélez Sarsfield, donde se nombraban –entre otros– grupos y organizaciones religiosas (no católicas). Esos grupos son invisibilizados. La única institución religiosa “verdadera” que distribuye el bien común y defiende la “patria” es ahora sólo la Iglesia Católica.

La última dictadura cívico-militar-religiosa no sólo siguió en la misma línea sino que agradeció el asesoramiento y complicidad de la institución eclesial, inventando el “Fichero (sic) de Cultos no católicos” y el honorario/sueldo para obispos en actividad y retirados. La democracia tiene una enorme asignatura pendiente en estos temas.

La actual reforma reemplaza el artículo 33 con otros dos: “Art. 141. Las personas jurídicas son públicas o privadas; Art. 142. Son personas jurídicas publicas: a) el Estado nacional, las Provincias, los Municipios, las entidades autárquicas y las demás organizaciones constituidas en la República a las que el ordenamiento jurídico atribuye ese carácter; b) los Estados extranjeros y las organizaciones internacionales gubernamentales, c) La Iglesia Católica. Art. 143: Personas jurídicas privadas: todas las personas jurídicas que no son públicas, son privadas.”

Un nuevo cambio en el CC, por primera vez en democracia, no puede repetir que la Iglesia Católica sea una persona jurídica a nivel estatal.

Si la hegemonía liberal autoritaria del siglo XIX la subordinaba como funcionarios y la hegemonía militar del XX la consideraba en igualdad de poder, una propuesta democrática y participativa debe cambiar de paradigma. No se trata tampoco de reconocer a otras religiones o creencias como personas jurídicas de derecho público o de distribuir los privilegios a otros grupos.

El catolicismo, como otras expresiones religiosas, pertenece en sociedades post-seculares al heterogéneo y plural espacio público de la sociedad civil y no pueden ser asimiladas o colonizadas por el Estado. Las religiones no son instituciones estatales. No es un problema religioso ni puede ser ignorado por las autoridades de la Corte Suprema y los legisladores. Mantener a la Iglesia Católica como si fuera una institución estatal consolida viejos paradigmas, niega una sociedad pluralista y diversa e impide consolidar la ciudadanía religiosa y la democracia. ¿Eso queremos con el nuevo CC? ¿Seremos capaces de recrear otra memoria?


POR: Fortunato Mallimaci- Miembro del Conicet-UBA.
PAGINA12.COM.AR
ARREGLO FOTOGRÀFICO: ALBERTO CARRERA

jueves, 12 de julio de 2012

DERECHOS: MUERTE DIGNA, MATRIMONIO IGUALITARIO, GÈNERO Y FERTILIZACIÒN ASISTIDA

Cuatro historias que se unen en la ampliación de derechos.

Consciente colectivo:

Cómo cambió la vida de personas que lucharon y recibieron el beneficio de las leyes de matrimonio igualitario, muerte digna, género y fertilización asistida. Los puntos en común.


Seguramente ninguno de los cuatro entrevistados que convocó Veintitrés se imaginó lo que terminaría sucediendo cuando el grabador se apagó. Julieta Irribarren, embarazada de nueve meses gracias a la sanción de la Ley de Fertilización Asistida en la provincia de Buenos Aires, sacó su cámara pocket y pidió una foto del encuentro para su archivo personal. Sofía Caram, cuya hermana fue desconectada de un respirador artificial luego de cinco años de permanecer en estado vegetativo, le besó la enorme panza y le pidió que por favor le avisara cuando naciera Selene Alejandra. Alex Freyre, el primer hombre en casarse con otro gracias a la Ley de Matrimonio Igualitario, no disimuló sus ojos vidriosos cuando abrazó a Sofía, luego de que ella contara cómo el testimonio de la muerte de su hermana dio un gran impulso para que se sancionara la Ley de Muerte Digna. Y por supuesto, nadie quiso perderse ver el nuevo DNI de Valeria del Mar Ramírez, entregado por Cristina Fernández de Kirchner el último lunes, al poner en vigencia la Ley de Identidad de Género.

Cuatro historias. Cuatro vidas que transitaron por caminos paralelos, pero que hoy parecen unirse en un único lugar: la ampliación de derechos.

Al momento de hacer la producción de fotos para esta crónica, no lo dudaron. Se abrazaron, se miraron y sonrieron. Como si hubieran sido amigos de toda la vida, compañeros de lucha, pese a que para algunos era la primera vez que se veían. Sus vidas se parecen más de lo que creían.

“Todos nosotros tuvimos que salir de alguna manera del closet”, dispara chistoso Alex Freyre, en una suerte de axioma con el que todos coinciden. Su caso fue uno de los pioneros en materia de igualdad de derechos. Luego de décadas de lucha incansable, el 15 de junio de 2010 el Senado convertía en ley la posibilidad de que dos personas del mismo género pudieran casarse. Por caso, fueron Alex y su pareja, José María Di Bello, quienes unos meses antes de sancionarse la ley dieron por primera vez el sí en el registro civil de Ushuaia, luego de varias negativas por parte de diversos jueces de la Capital Federal. Su caso sirvió como referencia en la incansable militancia por equiparar años de desigualdades en materia de género. “Nosotros no nos casamos por un tema personal. Más allá de que estábamos muy enamorados, nuestro objetivo fue abrir las puertas para otras parejas que no se animaban a dar el paso. Nuestro matrimonio fue para los demás, para sentar precedente”.

Así también lo entiende Sofía Caram, periodista, cuyo testimonio en la Cámara alta fue clave para que el proyecto de Muerte Digna hoy se haya convertido en ley.

Su hermana Layla fue una nena normal hasta los ocho años, edad en que se le declaró una enfermedad neurometabólica. La pequeña dejó de caminar, de controlar esfínteres y de hablar. Dejó de estar conectada al mundo para estar conectada en una cama. “Layla dejó de ser Layla”, recuerda Sofía. Después de cinco años en estado vegetativo, su cuerpo comenzó a entrar en crisis y los médicos advirtieron a la familia que no soportaría mucho más tiempo. Su caso era absolutamente irreversible e incurable y pese a que por momentos Layla recuperaba la capacidad respiratoria, era indispensable que estuviera atada a un respirador artificial. Su familia no lo dudó. “Para nosotros era obvio que Layla no podía vivir en esas condiciones. Su vida no era digna. En ese momento los médicos nos dieron una posibilidad excepcional que no existía”, recuerda Sofía, que luego de nueve años de la muerte de su hermana, tomó la posta de su legado. Y agrega: “Después de hablar ante las comisiones en el Senado me di cuenta de que Layla no sólo nació con una misión interna, privada o familiar, sino que su historia tenía una misión colectiva para hacer una Argentina más justa. Estamos hablando de muerte digna cuando no hay posibilidad de una vida digna. Y eso tiene que estar garantizado por el Estado y para todos”.

“Ahora pasamos a la vida”, dice emocionada Julieta, cuya fecha de parto estaba programada para el primero de julio, mientras su marido, Jorge Sequeira, le acaricia la panza. “Selene Alejandra se hace esperar, once años tardó en llegar, un día más, un día menos, ya es lo mismo para nosotros”, confiesa la flamante madre. Su historia, como la de tantos otros, es la de una pareja marcada por la frustración. Apenas se casaron, hace más de una década, comenzaron a buscar su primer hijo. Pasaron cuatro años intentándolo, sin resultados positivos. Primero pensaron que era algo psicológico. Recurrieron a centenares de terapeutas, cambiaron de aires y hasta probaron todas las recetas caseras habidas y por haber. Pero Julieta no dejaba de angustiarse cada que se acercaba la fecha y descubría que estaba menstruando. Hasta que por esas casualidades –o no–, escucharon acerca de una ONG llamada Concebir, que hablaba de una solución bastante tabú: la fertilización.

“Hay una negación por parte de la pareja, es muy fuerte saber y ser consciente de que tenés una enfermedad que no te permite tener hijos. Para un hombre es hasta vergonzoso y roza con prejuicios del machismo”, explica Jorge.

Así fue como a mediados del 2005 comenzaron a realizarse los primeros tratamientos de baja complejidad en el Hospital Posadas. Después de cinco intentos Julieta tuvo un embarazo ectópico y las complicaciones no tardaron en llegar: casi pierde su vida a causa del estallido de una de sus trompas de Falopio. Una vez recuperada, aunque ya frustrada, temerosa y harta, siguieron haciéndose tratamientos, esta vez de alta complejidad y en clínicas privadas. Con ninguno quedó embarazada y su situación económica se había deteriorado al invertir todo su capital en los tratamientos.

Finalmente, a principios de 2010, la Legislatura bonaerense sancionó la Ley de Fertilización Asistida y Julieta y Jorge fueron de los primeros en anotarse y quizás, cuando esta edición esté en la calle, Selene Alejandra ya sea parte de este mundo. Por eso, sus padres siguieron muy de cerca el debate en Diputados en el Congreso nacional, que dio media sanción al proyecto que garantiza el acceso integral a los procedimientos y tácticas de reproducción médicamente asistida y que deberán estar incluidos dentro del Programa Médico Obligatorio para el sistema público, obras sociales y prepagas. “La ley a nivel nacional es un gran avance, no sólo porque va a poder acceder cualquier pareja del país y no de la provincia, como nosotros, sino porque tiene un alcance mayor, por ejemplo, contempla la donación de espermatozoides”, explica Julieta. Esta semana el proyecto ingresó a la Comisión de Salud de la Cámara alta pero aún no obtuvo dictamen para ingresar al recinto, aunque desde las organizaciones no gubernamentales que luchan por la aprobación de la ley aseguraron que “hay ánimo de que salga rápido”.

Para Valeria del Mar Ramírez no fue para nada rápido que el Estado la reconociera como tal, ya que hasta hace cuatro días era Oscar Ramírez. La Presidenta de la Nación le entregó su nuevo DNI y le pidió disculpas por haber tardado tanto. A los veinte años, Valeria decidió ser mujer y la única forma que tuvo para hacerlo fue prostituirse. Era el año 1976 y el gobierno de facto había desembarcado en Casa Rosada. Valeria trabajaba de noche en Camino de Cintura, en Llavallol. “Yo no me prostituía por un tema económico –explica–. La prostitución representaba para mí una oportunidad de sentirme mujer, era una forma de encontrar en el afuera algo que no encontraba en mis papeles. Era una forma de ser vista por los otros”.

Durante esos años, junto a otras compañeras de ruta, Valeria fue secuestrada en el Pozo de Banfield, que funcionó como centro clandestino de detención. Por caso, ella fue violada, torturada y vejada durante los quince días que duró su estadía. “Una mañana, cuando me llevaron a bañarme, pude ver cómo daba a luz una chica en cautiverio”, recuerda. Por eso, Ramírez será la primera querellante transexual del mundo en declarar en uno de los juicios de lesa humanidad. “Para mí es muy importante el DNI porque yo quería declarar como Valeria, como la que soy, a mí me secuestraron por ser Valeria, no por ser Oscar”, afirma.

Los relatos se entrecruzan. Todos se escuchan con atención y logran identificarse en la historia del otro. “El eje en común entre nosotros cuatro tiene que ver con que luchamos para la construcción de una ciudadanía plena –reflexiona Freyre–. Nuestros casos parecían ser algo individual pero se transformaron en una lucha colectiva”. Julieta agrega que “otro de los puntos en común es que tuvimos y tenemos que romper las barreras personales para poder salir a hablarlo a la sociedad”. Sofía reconoce que “aprendió que la única forma de vivir es en términos colectivos y no individuales, poniendo el cuerpo y luchando”, y Valeria sintetiza: “Hoy el conjunto de la sociedad está más abierta para recibir y transitar nuevos derechos que adquirimos después de muchos años de lucha”.


Los entrevistados se despiden con un cálido abrazo y con promesas de reencuentro. Saben que ya no están solos.


Alex
Ley de matrimonio igualitario
“Nosotros nos casamos para abrirle las puertas a otras parejas”.
Alex Freyre y su esposo, José María Di Bello, fueron los primeros homosexuales en contraer matrimonio, aun antes de que se votara la ley. Ambos son referentes en la lucha por la igualdad de género.

Valeria
Ley de identidad de género
“Para mí es muy importante el DNI porque hace 65 años que soy Valeria”.
Valeria del Mar Ramírez tenía 20 años cuando decidió ser mujer. Pasó por la prostitución y fue secuestrada durante la dictadura. Ahora, con su nuevo DNI, será querellante en uno de los juicios.

Julieta
Ley de fertilización asistida
“Selene Alejandra se hace esperar. Tardó once años en llegar, pasamos por 15 tratamientos”.
Julieta Irribarren y Jorge Sequeira fueron uno de los primeros en recurrir a la fertilización asistida apenas se sancionó la ley en la provincia de Buenos Aires, en 2010.

Sofía
Ley de muerte digna
“Layla dejó de ser Layla, no podía vivir en esas condiciones. Su vida no era digna”.
Sofía Caram expuso en el Senado el caso de su hermana Layla, quien hace nueve años fue desconectada del respirador artificial luego de cinco años en estado vegetativo.



Las batallas que vienen

Si bien durante estos últimos años se avanzó de manera ostensible en materia de derechos, aún quedan varias batallas por pelear y por las que muchos sectores de la sociedad vienen dando muestra de empeño en la lucha. Una de ellas es por la despenalización del aborto. Si bien a finales del año pasado por primera vez se logró dar el debate en la Comisión de Legislación Penal, y todo indicaba que se daría dictamen para que pasara al recinto, lo cierto es que no lograron juntar las firmas necesarias y el proyecto tuvo un lamentable retroceso. Los pañuelos verdes deberán seguir al pie del cañón para que se impulse nuevamente el debate. Otro de los asuntos que comenzó a discutirse en la Cámara Baja es la despenalización de la posesión de estupefacientes para el consumo personal. Hace pocas semanas se dio el primer plenario de comisiones de Prevención de Adicciones y Control del Narcotráfico y de Legislación Penal y uno de los grandes invitados fue el juez de la Corte Suprema Eugenio Zaffaroni. Aún no hay fechas exactas ni tiempos determinados, pero todo indica que es un proyecto que avanzará con un viento favorable.


Opinión

Más derechos, más inclusión
Por Pedro Mouratian
Interventor del Inadi

La Argentina está atravesando un período histórico que registra un extraordinario avance en un conjunto de reivindicaciones que parecían muy difíciles de alcanzar. Lo que está en juego es la reformulación tanto de un modelo de desarrollo como de las relaciones entre el Estado y la sociedad, la reducción de las desigualdades sociales y el restablecimiento de criterios de justicia que dejan atrás las políticas neoliberales asociadas a una visión estrecha y mercantilista de la globalización.

Es el camino de ampliación de la democracia, la plena vigencia de los derechos humanos y la reparación de la deuda social con grandes sectores de la población históricamente vulnerados. Una tarea eminentemente política que exige respuestas integrales frente a situaciones concretas de desigualdad y discriminación, que ha encontrado en las políticas públicas diseñadas, primero por Néstor Kirchner y hoy por la presidenta Cristina, las respuestas anheladas.

Desde 2003, el afianzamiento de una política integral de derechos humanos –que impulsó políticas concretas en relación a la memoria histórica, migración, género, entre otras–, la implementación de la Asignación Universal, el Matrimonio Igualitario y la Ley de Identidad de Género constituyen ejemplos fundamentales del compromiso del Estado con las demandas de distintos sectores por la plena vigencia y ampliación de sus derechos. Lo que nos afianza en el camino de la profundización de un país de avanzada en políticas de inclusión.
 


POR: TALI GOLDMAN.  VEINTITRES.INFONEWS.COM


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