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miércoles, 30 de octubre de 2013

Chile: Sentencia histórica por caso Zamudio. La Jurisprudencia como Fuente del Derecho.

FUERTES CONDENAS EN SANTIAGO DE CHILE A LOS CUATRO ACUSADOS POR EL HOMICIDIO DE DANIEL ZAMUDIO

Perpetua por el crimen del gay chileno. El caso Zamudio, ocurrido en 2012, provocó estupor en todo el mundo. Uno de los acusados recibió perpetua. Otros dos, 15 años, y el cuarto, que era menor de 18, recibió 7. El caso desató la sanción de la ley Zamudio, que prevé duras condenas.


En Chile, un tribunal condenó a cadena perpetua al principal acusado de torturar y asesinar a Daniel Zamudio, el joven gay a quien, el año pasado, cuatro hombres atacaron en un parque de Santiago de Chile por homofobia. Las sentencias que cayeron sobre los demás acusados variaron: dos de ellos recibieron condenas de 15 años de cárcel por homicidio calificado consumado, mientras que el restante, quien era menor de edad al momento de participar del crimen, recibió una pena de 7 años de prisión. El padre de la víctima dijo estar “súper conforme” con la sentencia, mientras que la madre lamentó la diferencia de condenas: “Los cuatro participaron en el crimen, por lo que los cuatro deberían haber recibido cadena perpetua”.

El asesinato del joven causó tanto impacto que impulsó la sanción de la Ley Zamudio, que rige desde julio de 2012 y prevé severas sanciones contra quienes cometan actos arbitrarios por motivos de género, raza o religión. Precisamente por haber sido sancionada a posteriori, la ley no pudo aplicarse al caso Zamudio, pero sí es contemplada para otro ataque reciente, cometido en Rancagua, a 80 kilómetros de Santiago, contra Wladimir Sepúlveda, un joven de 21 años atacado por gay en la calle.

En el caso Zamudio, la sentencia permanecerá en suspenso mientras los acusados tengan la posibilidad de presentar apelaciones. La condena sobrevino luego de que el tribunal admitiera el pedido de la Fiscalía Metropolitana Centro-Norte para que se declarara culpable de homicidio calificado a los cuatro imputados, el pasado 17 de octubre. De acuerdo con el dictamen, Patricio Ahumada Garay, principal acusado de la muerte de Zamudio y que desde hace 11 días sostiene una huelga de hambre seca, en reclamo de la anulación del juicio oral que terminó condenándolo, fue sentenciado a cadena perpetua.

Por su parte, Alejandro Angulo Tapia y Raúl López Fuentes fueron condenados a 15 años de cárcel por homicidio calificado consumado. Fabián Mora Mora, menor de edad y para quien la fiscalía había solicitado ocho años de prisión, recibió una pena de siete años de cárcel, luego de que el tribunal le aceptara las atenuantes de irreprochable conducta anterior y su colaboración con la investigación.

La sentencia estableció que los imputados “realizaron dolosamente conductas tendientes a hacer sufrir a la víctima al realizar cortes en su cara, tórax y espalda con elementos cortantes, dibujando esvásticas con ellos, quemando su piel con cigarrillos y arrojando, al menos más de una vez, una piedra de considerable tamaño y peso sobre las extremidades inferiores de Daniel Zamudio”. Los finalmente condenados, continúa la resolución, “actuaron con alevosía, ensañamiento y por motivaciones homofóbicas”. Además, quedó comprobado que, al momento de la golpiza, Zamudio se encontraba alcoholizado, por lo que no pudo defenderse de sus agresores, que lo atacaron con intención de matarlo.

Iván Zamudio, padre de la víctima, declaró que la sentencia lo dejó “súper conforme”. Por su parte, Jaime Silva, abogado de la familia Zamudio, dijo que “les impusieron a todos (los imputados) el máximo de penas que se podía”. Sólo la madre de Daniel Zamudio, Jaqueline Vera, marcó discrepancias con la sentencia, al señalar que considera injusto que las penas establezcan diferencias entre los condenados. “Los cuatro participaron en el crimen, por lo que los cuatro deberían haber recibido cadena perpetua”, dijo la madre del joven, quien agonizó durante 25 días tras la golpiza.


POR: PAGINA12.COM.AR

lunes, 1 de julio de 2013

EEUU: PRIMER PERMISO DE RESIDENCIA PERMANENTE PARA UNA MATRIMONIO GAY. "TIEMPOS DE CAMBIOS"

Un matrimonio gay de Florida se ha convertido en el primero del país en recibir un permiso de residencia permanente, días después de que el Supremo de EE.UU. otorgara reconocimiento a las parejas del mismo sexo ya casadas. La pareja, residente en la ciudad de Fort Lauderdale, al norte de Miami, recibió el pasado viernes una notificación de las autoridades en la que le comunicaba a uno de ellos, un inmigrante de nacionalidad búlgara, la concesión de este tipo de visado, informaron hoy medios locales.


El permiso de residencia permanente le fue aprobado a Traian Popov, quien reside en el condado de Broward con su marido estadounidense, Julian Marsh, productor musical y Dj, después de que el segundo solicitara para su pareja este visado y aportara la documentación requerida como patrocinador.

"Estamos en los libros de historia. Esto es totalmente increíble", según un comentario de Marsh, de 55 años, que recogió hoy el diario The Miami Herald.

Dos días antes de que la pareja recibiera la feliz noticia, el Supremo había dictaminado sobre el matrimonio homosexual con dos fallos históricos en los que otorgaba reconocimiento a las parejas del mismo sexo que ya había contraído matrimonio.

De esta manera, el Supremo invalidó la ley DOMA, de 1996, que definía el matrimonio como "la unión entre un hombre y una mujer", y abría, además, una vía para que las bodas de gais y lesbianas vuelvan a ser legales en el estado de California.
"Estamos eufóricos por el hecho de que nuestro país reconozca nuestro matrimonio", agregó Marsh, quien conoció a Popov, de 41 años, en una fiesta en 2011. Un año después, comentó el estadounidense, decidieron casarse, pero tuvieron que hacerlo en Nueva York, ya que una enmienda prohíbe las uniones civiles homosexuales en el estado de Florida.

En este sentido, Marsh se quejó de que, pese a ser "ciudadanos de primera clase en Nueva York y a los ojos del Gobierno federal", sigan siendo "ciudadanos de segunda en Florida" él y su pareja, quien ha estado viviendo legalmente en EE.UU. desde hace quince años gracias a visados de estudiante con los que ha completado varios máster universitarios.

A los gais floridanos todavía no se les permite casarse, ya que Florida tiene una enmienda constitucional que prohíbe el matrimonio entre personas del mismo sexo.

En Florida, sólo existen registros civiles para las uniones no maritales, que permite que cualquier pareja, homosexual o no, registre su unión sin importar su lugar de residencia.

La decisión del Supremo tendrá, sin duda, un gran impacto en aquellos casos en que un estadounidense gay solicita la concesión del permiso de residencia permanente para su pareja extranjera, algo que invalidaba hasta ahora la tumbada ley Doma.

Además, las peticiones denegadas de este tipo de visados de matrimonios gais serán revisadas por la Oficina de Servicios de Ciudadanía e Inmigración (USCIS, en inglés), sin necesidad de que los interesados tengan que volver a cumplimentar los formularios de solicitud.

La Unión Americana de Libertades Civiles (ACLU) en Florida celebró la semana pasada las decisiones del Supremo de EE.UU. sobre el matrimonio homosexual, pero criticó el hecho de que muchos beneficios federales que favorecen al matrimonio se establecen en función de la legislación de cada estado.

En Florida, subrayó la ACLU, la "prohibición discriminatoria está presente en su constitución", por lo que "algunas protecciones sobre igualdad permanecen inaccesibles".

El pasado 19 de junio, el grupo Equality Florida, que defiende los derechos de los homosexuales, anunció el lanzamiento a nivel estatal de la campaña "Get Engaged" (Comprométete) con el objetivo de derogar la prohibición del matrimonio homosexual en este estado.


 POR: AGENCIA EFE
FOTOGRAFÌA: WEB
ARREGLOS: ALBERTO CARRERA

lunes, 3 de diciembre de 2012

ISRAEL: PRIMERA SENTENCIA DE DIVORCIO VINCULAR GAY

Un tribunal israelí concede por primera vez el divorcio a una pareja gay. Por primera vez en la historia de Israel, un tribunal civil del país ha concedido el divorcio a una pareja homosexual, que se había casado en Canadá y llevaba tres años separada de facto, informa hoy el diario "Haaretz".


En Israel no existe matrimonio civil -ni heterosexual ni gay- y los asuntos familiares (casamientos, divorcios...) están en manos de cortes religiosas.

El Ministerio de Interior reconoce la validez de las bodas efectuadas en el extranjero, tanto de distinto como del mismo sexo y así lo hizo con la que Uzi Even y Amit Kama celebraron en Toronto en 2004.

Even, profesor de química en la Universidad de Tel Aviv que se convirtió en 2002 en el primer diputado del país abiertamente homosexual, y Kama, profesor de comunicación, rompieron su relación en 2009, pero seguían legalmente casados.

En teoría, no tenían una ventanilla a la que acudir para cambiar su estatus legal: los tribunales rabínicos no lidian con familias del mismo sexo y Canadá no tramita divorcios de ciudadanos extranjeros.

Ante esta situación y después de que una corte familiar aprobase su acuerdo de ruptura, la pareja pidió al Tribunal de Magistratura de Jerusalén que obligase al Ministerio de Interior a registrar su divorcio.


La Fiscalía rechazó repetidamente la petición, alegando que sólo los tribunales rabínicos tienen la potestad de disolver uniones matrimoniales.

Finalmente, el juez decidió conceder el divorcio al considerar que forzar a dos adultos a mantener su matrimonio sobre el papel es "contrario a los derechos y libertades del individuo, la Ley Básica y los valores básicos de justicia e igualdad".

Kama ha recibido el veredicto, comunicado ayer a ambos cónyuges, con sentimientos encontrados: "Por una parte estoy contento de haber tenido la valentía y el descaro de haber dado este paso. Por otro, se trata de un divorcio, el final de un capítulo que duró la mitad de mi vida. Hay una parte de pena y dolor".

Para Even, el dictamen judicial no supone sólo una simbólica conquista de derechos, sino que tiene también una importante dimensión práctica, pues ahora podrá desposar a su actual pareja, un holandés que se ve obligado a renovar constantemente su visado para poder permanecer en Israel y sin derecho a trabajar.

Even y Kama ya habían hecho historia poco antes de su ruptura, cuando un Tribunal Familiar de Ramat Gan, junto a Tel Aviv, les reconoció la adopción conjunta como padres de un joven de treinta años, también homosexual, al que habían acogido cuando fue rechazado por su familia con 16 años por su orientación sexual.


Conocido activista por los derechos de los homosexuales, Even estuvo un año en el Parlamento por el partido de izquierdas Meretz.

Nunca revalidó el escaño y años después ingresó en el partido laborista. 


POR: EFE / ABC.ES
ARREGLOS: ALBERTO CARRERA

viernes, 5 de octubre de 2012

EEUU - MÈXICO DEPORTACIÒN Y JURISPRUDENCIA

Corte de EEUU avala deportación de inmigrante gay.
Una corte federal de apelaciones en Denver rehusó impedir la extradición a México de un inmigrante no autorizado gay que buscó protección en Estados Unidos bajo el argumento de que las autoridades mexicanas persiguen a los homosexuales.


La Corte de Apelaciones del 10mo Circuito afirmó en su decisión del miércoles que existe evidencia de que las autoridades en México apoyan los derechos de los homosexuales, y citó avances como la legalización de los matrimonios entre personas del mismo sexo en la Ciudad de México.

Efrén Neri García ha denunciado que recibió maltrato en México por ser gay y fue atacado por las autoridades cuando estuvo en prisión en Guadalajara, ciudad en el oeste de México, en la década de 1990. Un testigo dijo a las autoridades de Colorado que los hombres homosexuales en Guadalajara siguen siendo agredidos y necesitan protección.

La corte de apelaciones no estuvo de acuerdo.

"El Departamento de Seguridad Nacional estableció, por una preponderancia de la evidencia, un cambio fundamental en las circunstancias en México de forma que la vida o libertad de Neri García no estarían amenazadas como resultado de su orientación sexual", determinó el tribunal.

La corte además citó un informe reciente de dicho departamento que indica que ha habido cambios fundamentales en el trato a los gays en México.

Roberta Sklar, vocera de la Comisión Internacional de Derechos Humanos de Homosexuales y Lesbianas en Nueva York, dijo que no hay pruebas de que la discriminación se haya mitigado en México.

"La equidad en el matrimonio en una ciudad no significa que exista equidad para todos en todo el país y todavía hay violencia por odio y discriminación", agregó.

El caso fue referido a un juez de inmigración el año pasado después de que un oficial de asilo determinó que Neri tenía un razonable temor de persecución o tortura en México. Dicho juez indicó que Neri demostró que ha sido perseguido en el pasado en México debido a su orientación sexual, aunque también dijo en su fallo que esas condiciones ya no existen.



POR: STEVEN K. PAULSON. TERRA.COM.AR
ARREGLO FOTOGRÀFICO: ALBERTO CARRERA

martes, 29 de mayo de 2012

COLOMBIA: DONACIÒN DE SANGRE. JURISPRUDENCIA

Constitucional colombiano pide no discriminar homosexuales para donar sangre
La Corte Constitucional de Colombia pidió hoy no discriminar a los homosexuales que quieran donar sangre al considerar que no se pueden establecer barreras sobre la orientación sexual de las personas bajo la premisa de que "puedan estar contaminados".


"El riesgo de contaminación depende de la conducta de riesgo, no de la población donante. Así, una persona heterosexual que tiene relaciones sexuales con desconocidos y sin protección de forma permanente, es mucho más propensa de adquirir el VIH, que un hombre homosexual con pareja estable y que utiliza protección", señala un fallo de ese alto tribunal.

La Corte favoreció una acción de tutela (recurso de amparo) de un homosexual de Bucaramanga, capital del departamento de Santander (oriente), al que un laboratorio clínico no le permitió donar sangre cuando reveló su orientación sexual.

Según medios locales, los enfermeros del centro sanitario argumentaron que un decreto del Gobierno prohibía recibir sangre de homosexuales.

"La medida no permite evidenciar este hecho, lo que la torna inútil e inadecuada. Incluso, la política debería enfocarse en tamizar a todos los donantes (...), en vez de excluir a los donantes basándose en con quién eligen tener relaciones sexuales", señala el fallo de la Corte.

Los magistrados señalaron, igualmente, que no se puede seguir perpetuando la situación de exclusión y discriminación de las comunidades LGBT (lesbianas, gay, bisexuales o transexuales) en Colombia, por lo que ordenó elaborar una política de salud que erradique definitivamente este tipo violaciones a las libertades de las personas.


POR: EFE   /   ABC.ES
ARREGLO FOTOGRÀFICO: ALBERTO CARRERA.

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