La batalla jurídica de la comunidad homosexual de Colombia por el
derecho a casarse se reactivó después de que un juez anuló el primer
matrimonio de una pareja del mismo sexo efectuado hace dos semanas por
otro juez. Al resolver una medida de amparo interpuesta por la
Procuraduría General (ministerio Público), el juez César Eduardo Díaz
dejó sin efecto el matrimonio realizado por su colega Juan Carlos Cerón,
en una decisión publicada este jueves.
El juez Cerón se convirtió en el primero en unir en “matrimonio” a
una pareja del mismo sexo al amparo de la interpretación de una
sentencia de la Corte Constitucional emitida en 2011.
La sentencia autorizó que en caso de que el 20 de junio de 2013 el
Congreso no hubiera legislado sobre el matrimonio para las personas del
mismo sexo, esas parejas podían acudir a notarías y juzgados para
registrar sus uniones.
Aunque el tribunal -garante de la
Constitución colombiana- reconoció el derecho de las parejas
homosexuales a “constituir familia, de acuerdo con un régimen que les
ofrezca mayor protección que (…) la unión de hecho”, no habló de
matrimonio.
Pese a ese vacío jurídico, y en medio de una fuerte
presión de la Iglesia católica y del procurador general Alejandro
Ordoñez en contra del matrimonio gay, algunas de esas parejas acudieron a
los jueces para casarse.
“Los notarios se sienten intimidados por
el procurador (general), mientras que los jueces son independientes y
pueden interpretar las sentencias”, dijo a la AFP el abogado Germán
Humberto Rincón Perfetti, al explicar por qué estas parejas han acudido a
los juzgados a casarse.
El procurador Ordoñez celebró la decisión
del juez Díaz y recordó que “en Colombia no hay ese tipo de
matrimonios. La Constitución lo refiere y la Corte Constitucional lo
dice con toda claridad”.
“A mí, como procurador, lo que me
corresponde es defender y hacer respetar la Constitución, la ley y las
decisiones judiciales”, agregó, citado en un declaración difundida por
su despacho.
Elizabeth Castillo, una abogada de 42 años, y Claudia
Zea, de 39, conforman una de las escasas parejas del mismo sexo que han
logrado que un juez las una en matrimonio, y dicen que no se sienten
intimidadas por la reciente anulación.
“No estoy preocupada, esa tutela se va a caer porque es un manifiesto desconocimiento del derecho”, dijo Castillo.
Estas
dos mujeres se casaron hace una semana en el pueblo de Gachetá (en las
afueras de Bogotá), porque “de allá es mi papá y quería hacerle un
homenaje al él”, señaló Castillo.
En cambio, la pareja afectada
por la decisión de Díaz ha preferido mantenerse en el anonimato, según
indicó a la AFP una vocera de la ONG Colombia Diversa, que defiende a la
comunidad homosexual.
“Esto va a terminar en la Corte
Constitucional”, vaticinó el jurista Rincón Perfetti, reconocido
defensor de los derechos de la comunidad LGTBI (lesbianas, gays,
transexuales, bisexuales e intersexuales).
La medida de amparo que
dejó por ahora sin efecto el “matrimonio” efectuado por el juez Cerón
pasa a revisión del Tribunal Superior de Bogotá, que deberá pronunciarse
a más tardar en dos meses.
Independientemente de la decisión que
adopte ese tribunal, la medida de amparo deberá ser revisada por la
Corte Constitucional, en un procedimiento que está preestablecido
jurídicamente.
“Le pediremos a la Corte que se pronuncie”, anunció
Rincón Perfetti, quien confió en que el máximo tribunal sea “más claro”
respecto a la providencia en la que ya reconoció que “había un déficit
de protección a la población LGTBI”.
Pero la controversia es aún
mayor: “Después de practicar un matrimonio civil sólo hay dos opciones:
el divorcio, que debe pedirlo alguno de los contrayentes, o la nulidad,
que tiene nueve causales en el Código Civil”, explicó Aroldo Quiroz,
exprocurador para la defensa de la familia, la infancia y la
adolescencia.
“La ley no puede disolver los estados civiles ya
constituidos”, puntualizó este profesor universitario en una declaración
difundida por Colombia Diversa.
Desde 2007 en Colombia, por
decisión de la misma Corte, a las parejas homosexuales se les reconocen
los mismos derechos sociales, patrimoniales y de herencia que a las
uniones libres heterosexuales, pero no pueden adoptar niños.
POR: Pablo RODRIGUEZ - AFP - Elnuevoherald.com
FOTOGRAFÌA: WEB
ARREGLOS: ALBERTO CARRERA
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