martes, 5 de julio de 2011

Autorizan visita íntima para homosexuales en cárceles de Brasil

En todas las prisiones del país, los reclusos no pueden indicar dos o más personas simultáneamente para la visita íntima, la misma que tiene que ser por lo menos una vez al mes y no puede ser prohibida como medida disciplinaria.

Los presos homosexuales que registren a su respectiva pareja o compañero ante las autoridades carcelarias tendrán derecho a recibirlos en visita íntima a partir de hoy en todas las cárceles de Brasil, según una medida publicada este lunes en el Diario Oficial de la Unión.

La resolución del Consejo Nacional de Política Criminal y Penitenciaria, vinculado al Ministerio de Justicia, garantiza y extiende para todo el país un derecho de los homosexuales que ya era aceptado en algunos estados como los de Río de Janeiro y Pernambuco.

"El derecho a la visita íntima tiene que ser garantizado a los presos o presas que estén casados, que vivan en unión estable o que tengan una relación homoafectiva", según la resolución.

La medida tiene vigencia inmediata y revoca una resolución de marzo de 1999 que reglamentaba la visita íntima en todas las cárceles pero en la que se omitía expresamente que los presos o presas homosexuales también tienen derecho al beneficio.

Tal omisión era utilizada por algunos directores penitenciarios para negarle el derecho a los presos con parejas estables del mismo sexo.

De acuerdo con la norma, la visita íntima tiene que ser garantizada por la dirección del establecimiento carcelario por lo menos una vez al mes y no puede ser prohibida o suspendida como medida disciplinaria, excepto en casos en que la infracción a ser sancionada esté vinculada al indebido ejercicio de este derecho.

La resolución agrega que los presos, al ser recluidos, tienen que registrar ante la dirección de la cárcel el nombre de su pareja o de la persona a la que deseen recibir en visita íntima.

El recluso no puede indicar dos o más personas simultáneamente para la visita íntima y tan solo tiene derecho a registrar un nuevo nombre si cancela el anterior.

La norma recomienda a la institución carcelaria que instruya a los presos sobre la prevención de enfermedades sexualmente transmisibles y que disponga de un local adecuado para las visitas íntimas, que tiene que ser "reservado" y con su la "privacidad e inviolabilidad garantizadas para las relaciones heterosexuales y homosexuales".

La decisión del Ministerio de Justicia de extenderle a los presos homosexuales los mismos derechos en cuanto a la visita íntima que a los heterosexuales se produce dos meses después de que el Supremo Tribunal Federal equiparara las uniones homosexuales a las heterosexuales para todos los efectos civiles.

La decisión de la máxima corte le garantiza a las parejas del mismo sexo los derechos que tienen las parejas de sexo diferente en cuanto a pensión, herencia, división de bienes e inscripción como beneficiario de seguros de vida y médicos, y facilita la adopción de hijos por parte de parejas homosexuales.

POR: AGENCIAEFE. RPPNOTICIAS
ARREGLOS FOTOGRAFICOS: ALBERTO CARRERA.

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