domingo, 9 de enero de 2011

LA TRATA DE PERSONA ES UN DELITO, DENUNCIALA.

Oficina de Rescate y Acompañamiento a Personas Damnificadas por el Delito de Trata de Personas.



Recibimos denuncias las 24 horas los 365 días del año
Los denunciantes pueden llamar al (011) 5300-4014 o al 5300-4042
También, pueden enviar un correo electrónico a oficinarescate@jus.gov.ar
Psicólogos, trabajadores sociales y abogados acompañan a las víctimas desde el rescate o su escape del lugar de explotación.

Es la captación, el traslado - dentro o fuera del país -, o la recepción con fines de explotación, cuando mediare engaño, fraude, violencia, amenaza o cualquier medio de intimidación, abuso de autoridad o de una situación de vulnerabilidad, recepción de pagos o beneficios para obtener el consentimiento de una persona que tenga autoridad sobre la víctima.

Trata de Menores

Es un delito aun cuando no mediare engaño, fraude, violencia, amenaza o cualquier medio de intimidación o coerción, abuso de autoridad o de una situación de vulnerabilidad, coerción o recepción de pagos o beneficios para obtener el consentimiento de una persona que tenga autoridad sobre la víctima.

A qué se denomina "Explotación"

  • Reducir o mantener a una persona en condición de esclavitud o servidumbre o someterla a prácticas análogas;-
  • Obligar a una persona a realizar trabajos o servicios forzados;
  • Promover, facilitar, desarrollar u obtener provecho de cualquier forma de comercio sexual;
  • Practicar extracción ilícita de órganos o tejidos humanos.

No punibilidad

Las víctimas no son punibles por la comisión de cualquier delito que sea el resultado directo de haber sido objeto de trata. Tampoco les serán aplicables las sanciones o impedimentos establecidos en la legislación migratoria cuando las infracciones sean consecuencia de la actividad desplegada durante la comisión del ilícito que las damnificara.

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