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domingo, 15 de febrero de 2015

Borrador nuevo Reglamento de la Fiesta Nacional de la Vendimia sin cláusulas discriminatorias hacia nadie.

Reinas y dirigentes sociales celebran el nuevo reglamento. Ex soberanas y miembros de las comunidades trans y gay dicen que termina con cláusulas discriminatorias hacia la mujer.


Como se adelantó ayer, ya está listo el borrador del nuevo reglamento con los requisitos que deben cumplir quienes quieran ser candidatas a Reina de la Vendimia.

Entre ellos se destaca la posibilidad de que personas transexuales puedan participar ya que sólo se exige un DNI con identidad femenina. Asimismo, elimina la altura mínima y la edad máxima para ser admitida. 


Los nuevos parámetros -que regirán en 2016- han sido bien recibidos, tal cual lo reflejan las opiniones de referentes consultados, que destacaron la necesidad que había de que las exigencias y procedimientos se adecuaran a los cambios sociales. Por eso fue celebrado, ya que produce un cambio calificado como positivo en algo tan tradicional como la Vendimia. 


Raúl Macoco Guajardo, miembro de la secretaría de Educación de la Federación Argentina LGBT y secretario general de Diversidad Sexual del Partido Socialista a nivel nacional, se mostró más que conforme.

“Para la comunidad LGTB es todo un paso en una provincia que en la mayoría de los aspectos y sobre todo en cuestiones de género es tan conservadora”.

Dijo que colabora con la igualdad de oportunidades y con la ampliación de derechos civiles, ya que si bien existe una Vendimia para Todos (de la cual pueden participar lesbianas, gays, transexuales y heterosexuales), los elegidos no cobran un sueldo como sí lo hacen la Reina y Virreina nacionales de la Vendimia. 


También señaló que aunque se trata de un concurso de belleza que se contrapone con su postura, supone que será bien recibido por muchas mujeres a las que sí les gusta. De todas formas, manifestó sus dudas sobre la concreción de esta posibilidad: “Me va a faltar vida para ver una reina de la Vendimia gay”. 


En el mismo sentido se expresó Guadalupe Pregal, de la Agrupación Diversidad Universitaria. “Me parece genial porque la Vendimia para Todos de alguna manera denotaba esa necesidad de la comunidad de participar. Pero de ahí a que un departamento se la juegue a presentar una reina transexual hay un trecho, ya que la Vendimia es algo muy tradicional. Por ello es un cambio muy positivo ya que se abre a la comunidad y se muestra ante la mirada del mundo”. 


Aprobación real
Ex reinas también se mostraron muy de acuerdo con los cambios y destacaron en particular la eliminación de las restricciones en cuanto a edad y estatura, ya que dejaba sin chances a muchas jóvenes con aptitudes para el rol. 


Es lo que señaló Cecilia Paris, que representó a Godoy Cruz el año pasado. Respecto de abrir el juego a personas trans, consideró que para eso está la Vendimia para Todos.


Wanda Kaliciñsky, Reina Nacional 2012, destacó que la posibilidad abierta a las personas trans se ajusta a normas nacionales de mayor peso que les han permitido acceder a la identidad de género y que el reglamento debe seguir lo que éstas determinan. 


Por otra parte, “la Constitución y otras normas prohíben la discriminación hacia la mujer en particular por cualquier aspecto físico; eso siempre me pareció incoherente; si estamos hablando de inclusión y de darles derechos, me parece que esto sigue la misma línea”. 


En tanto, Marinés Babugia, Reina Nacional 1997 y actual presidenta de la Comisión de Reinas Nacionales de la Vendimia (Corenave), señaló que “la Vendimia es un sentimiento y toda persona que se sienta mujer puede participar. Y si hay una ley nacional que permite el cambio de género eso lo está habilitando”. 


Los otros cambios
Entre los aspectos que fija el reglamento se contempla que la candidata tenga al menos dos años de residencia en el lugar que representa. Además, cierra el debate en cuanto al matrimonio y el embarazo que hasta ahora impedían a las soberanas continuar con el mandato; y señala al respecto que no serán impedimento en tanto puedan seguir cumpliendo adecuadamente su rol. 


Al respecto, Paris dijo que es una decisión personal pero “quizás está bueno postergarlo porque es tan sólo un año de reinado y sin otros compromisos quizás se pueda disfrutar más”.


Babugia dijo que no había podido leer el borrador, pero se mostró de acuerdo con los puntos fundamentales. Recordó que lo que concierne a estatura y edad era un pedido de la Corenave y que es algo que beneficia a muchos departamentos que no cuentan con muchas candidatas. 


En cuanto al tiempo de residencia, explicó que si bien se apunta a que la Reina sea embajadora de la provincia, es bueno que tenga un conocimiento y una vivencia con el departamento que representa para que haya una identidad con esa región. 


El nuevo reglamento también exige a la soberana “guardar decoro" en lo público y lo privado y sobre esto también estuvo de acuerdo Babugia, ya que durante un año es patrimonio provincial y es reconocida por la gente con y sin atributos. 


También respaldó que una Reina departamental no pueda presentarse en una segunda elección. Desde su punto de vista, las herramientas que se adquieren en un reinado plantearían una competencia desleal respecto del resto de las candidatas.


Opiniones: 

Marinés Babugia

“La Vendimia es un sentimiento y toda persona que se sienta mujer puede participar”, opina la Reina Nacional 1997 y presidenta de la Corenave, sobre el reglamento, que regirá para todas las candidatas a partir de 2016.


Wanda Kaliciñsky

Según argumenta la Reina Nacional 2012, que hoy es abogada, “la Constitución y otras normas prohíben la discriminación hacia la mujer en particular por cualquier aspecto físico. Eso siempre me pareció incoherente en la Vendimia”.


Cecilia Paris

El nuevo reglamento elimina la prohibición de embarazo y matrimonio a las reinas. Igual, la soberana 2014 de Godoy Cruz cree que “está bueno postergar” estos compromisos” para que “se pueda disfrutar más” el reinado.



Por: Verónica De Vita - Losandes.com.ar
Imagen: Web
Arreglo: AC

jueves, 26 de septiembre de 2013

Lulù, la niña trans de 6 años tendrà su D.N.I. con identidad femenina

EL GOBIERNO BONAERENSE RECTIFICARA EL DNI DE LA NENA TRANS DE SEIS AÑOS.

Un nuevo espejo para ver la identidad. Dos meses atrás, Página/12 reveló el pedido de una madre para que le cambien el documento a su hija, que nació varón pero asumió una identidad femenina desde que empezó a hablar. Ahora, la provincia anunció que accederá al reclamo. Es un hecho inédito en el mundo.


 
El gobierno de la provincia de Buenos Aires anunció ayer que rectificará la partida de nacimiento de Lulú, la nena trans de 6 años, y le entregará un DNI acorde con su identidad de género. Se trata de un hecho histórico por la edad de Lulú, destacó a este diario César Cigliutti, titular de la Comunidad Homosexual Argentina (CHA), entidad que viene acompañando el reclamo de la familia. La historia de la niña fue revelada por Página/12 dos meses atrás. Gabriela, su mamá, recibió en la tarde de ayer la noticia de parte del jefe de Gabinete bonaerense, Alberto Pérez, quien la llamó personalmente por teléfono. “Lloro y me río de la alegría que siento desde que me enteré. Vamos a hacer una fiesta”, dijo la mujer un rato después a este diario. “Mi hermana me dijo: ‘Lulú volvió a nacer’. Y yo le dije que no, que Lulú no volvió a nacer, que ella nació el 3 de julio de 2007 y tiene los mismos ojos desde entonces. Lo que pasó hoy (por ayer) es que se le reconocieron sus derechos y se hizo justicia”, señaló Gabriela a este diario. Y describió el momento en que le dio la novedad a su hija: “La abracé y le dije: ganamos, ganaste, vas a tener tu nuevo documento” (ver aparte).

Pérez anunció junto al subsecretario de Gabinete, Juan Pablo Alvarez Echagüe, que hoy concretará un encuentro con Gabriela. “El gobierno de la provincia de Buenos Aires ha tomado la decisión de dar una solución a este caso particular planteado por la familia de Lulú. Esta decisión tiene que ver con rectificar la partida de nacimiento y el DNI para adaptarlo a su identidad”, dijo Pérez. Y agregó: “La provincia es pionera en la inclusión de nuevos derechos a su ciudadanía, es la provincia que más matrimonios igualitarios tiene, que más reconocimientos de hijos de parejas homosexuales tiene, también ha sido pionero en la posibilidad de poner el primer apellido de la madre en una pareja heterosexual”.

El jefe de Gabinete de Daniel Scioli dijo que la decisión está amparada en la Ley de Género, sancionada un año atrás, y en la Convención Internacional de los Derechos del Niño, que en la Argentina tienen rango constitucional. “La tomamos, el gobernador, a través de este jefe de Gabinete y del subsecretario de Gabinete, teniendo en cuenta una cuestión humana, pero también, desde una cosmovisión del Estado: que se hagan efectivos los derechos de todos los ciudadanos”, subrayó.

La decisión bonaerense fue realizada un día después de que se conociera la resolución del secretario nacional de Niñez, Adolescencia y Familia, Gabriel Lerner, que avaló el reclamo de Lulú, y consideró que negarle un nuevo DNI “configura una situación de afectación de los derechos” de la niña trans. En consecuencia, Lerner instruyó a la Dirección de Asuntos Legales de la Senaf a presentarse ante la provincia para pedir que reconsidere la revocatoria al pedido de la niña y su familia. También el Inadi, un mes atrás, se pronunció a favor del cambio de documento.

“Estoy totalmente emocionado. Esta decisión es muy gratificante, muestra cómo un gobernador le está poniendo el cuerpo a este objetivo que es proteger a Lulú y su identidad. Cuando le otorguen el DNI será el primer caso en el mundo de una niña trans que consigue su nuevo documento a través de un trámite administrativo, sin recurrir a la Justicia”, destacó Cigliutti. “A partir de este documento la sociedad es más linda, más inclusiva. Nunca antes se habían tenido en cuenta a las niñas y niños trans”, señaló Marcelo Sunthein, de la CHA.

El lunes, Gabriela, de 39 años, le envió una carta al gobernador Scioli donde le contó la historia de su hija –que nació con genitales masculinos– y sus padecimientos por tener un DNI que refleja el nombre de varón con el que fue inscripto al nacer, tal como informó este diario. Y le pidió “encarecidamente” si podía otorgarle el nuevo documento. “Mi hija ha manifestado su elección de género a los 2 años de edad y desde los 4 años vive como niña e incluso concurre al jardín de infantes en sala de 5 años, donde respetan su identidad”, le recordó la mamá al mandatario provincial. Lulú, su hermano mellizo y su mamá viven en el conurbano bonaerense y tienen el acompañamiento terapéutico de una psicóloga de la CHA, Valeria Paván, y del médico psiquiatra y psicoanalista Alfredo Grande, director clínico de la Cooperativa de Trabajo en Salud Mental. “El DNI es necesario pues debe reflejar no sólo su identidad sino el respeto que merece en el área de salud cada vez que la niña se enferma”, ya que “pasa por situaciones humillantes que le generan inmensa angustia cada vez que debemos presentar su DNI con nombre de varón cuando ella es una niña trans”, contó la mamá.

La familia tramitó el documento el año pasado, bajo la Ley de Identidad de Género y de acuerdo con los requisitos exigidos por la norma para los casos de menores de 14 años, pero le fue denegado: primero por el asesor de Incapaces del Tribunal de Morón, el 27 de septiembre de 2012, y luego por la directora del Registro de las Personas de la provincia de Buenos Aires, Claudia Corrado, el 12 de diciembre de ese año, con el argumento de que “el niño (sic) reviste la calidad de menor impúber, toda vez que no ha cumplido la edad de 14 años” y, en consecuencia, “tiene incapacidad absoluta, presumiendo que los actos practicados por ellos son realizados sin discernimiento”. En un extenso dictamen jurídico, la Senaf rebatió esa argumentación apelando a tratados internacionales de derechos humanos y niñez: consideró que los niños y niñas tienen una “capacidad progresiva” para dar su consentimiento, tal como lo establece la Convención sobre Derechos del Niño, que tiene jerarquía constitucional. El organismo nacional intervino en el caso a partir de una carta que Gabriela le envió a la presidenta Cristina Fernández de Kirchner dos meses atrás.



POR: Mariana Carbajal
FOTOGRAFÌA: WEB
ARREGLO: ALBERTO CARRERA

sábado, 24 de agosto de 2013

Alemania: Opciòn del tercer gènero para recièn nacidos hermafroditas. Femenino - En Blanco - Masculino.

Alemania introduce un "tercer género" legal para recién nacidos. A partir del 1 de noviembre Alemania ofrecerá a los padres tres opciones para rellenar el certificado de nacimiento de sus bebés: "masculino", "femenino" y "en blanco".


La nueva ley aprobada en mayo, pero dada a conocer sólo hasta ahora, convierte a Alemania en el primer país europeo en oficializar la tercera opción de género.

El cambio en la normativa permite a los padres la posibilidad de dejar en blanco la casilla de género para aquellos bebés nacidos físicamente con ambos sexos, conocidos como bebés hermafroditas.

La nueva legislación brinda la posibilidad de que más adelante, en edad adulta, esas personas con sexo indeterminado puedan escoger si quieren estar bajo la categoría masculina o femenina.

Pero también se ofrece la opción de quedarse bajo la categoría del tercer género o indeterminado y no tener que escoger en ningún momento de su vida entre ninguna de las dos opciones.

En Alemania, algunos medios de prensa están calificando a esta nueva ley como una "revolución legal".

Sin embargo, todavía no hay detalles sobre cómo la nueva ley afectará el uso del género en otros documentos oficiales como los pasaportes, donde hay que escoger entre una "M" y una "F".


Las implicaciones del tercer género

La publicación alemana dedicada al derecho familiar FamRZ ha pedido que esa tercera categoría sea identificada con la letra "X".

La nueva ley ya aprobada se apoya en una decisión de la corte constitucional que establece que mientras una persona "sienta profundamente" que pertenece a un cierto género, tiene también el derecho de escoger cómo se identifica legalmente.

La ley, conocida como del "tercer género", también tendrá un efecto sobre las leyes que conciernen al matrimonio ya que, hasta este momento, en Alemania sólo se pueden casar mujeres con hombres.

Hace seis semanas Australia se convirtió en el primer país del mundo en aprobar una legislación sobre el tercer género, si bien ya desde 2011 las leyes australianas permitían a sus ciudadanos marcar con una "X" la casilla de género en el pasaporte, algo que también puede hacerse en Nueva Zelanda desde 2012.



Libertad para el cambio

Demian McGuinness, corresponsal de la BBC, explica cómo ha sido recibida esta nueva ley en Alemania: "Ha sido vista como un paso adelante en cuanto a los derechos de género".

La normativa también permitirá a los bebés hermafroditas cambiar su género en diferentes momentos de su vida.

McGuiness explicó que todavía hay muchos puntos sobre los que no hay claridad total en casos específicos como matrimonios y adopciones.

Un ejemplo de estos casos específicos es qué pasaría si alguien con un sexo indeterminado fuera sentenciado a prisión. ¿A qué tipo de cárcel debería ir?

En todo caso, señala el corresponsal, la nueva legislación se enmarca en una tradición alemana de tolerancia al tratar derechos de género.

"Es algo lógico pero no es una ley tan progresista como nos gustaría que fuera", explicó a la BBC Richard Köhler, del grupo activista Transgender Europe.

Köhler detalló que esta ley se limita a casos donde un doctor tiene que hacer una diagnosis de hermafrodita.

Sin embargo, apunta, la normativa no brinda esta posibilidad de escogencia a personas no entren dentro de ese diagnóstico.

Köhler indicó que lo que grupos como su organización pretenden es provocar un debate para cuestionar si es necesario que una persona tenga que marcar obligatoriamente en una casilla cuál es su género.


POR: BBC.CO.UK
FOTOGRAFÌAS: WEB / Louise Lacante
ARREGLOS: ALBERTO CARRERA

viernes, 23 de agosto de 2013

Bajo el arcoìris editorial . El mundo del revès. "Literatura infantil, por un mundo mejor"

Sofía Olguín, además de dedicarse a huir de las definiciones que pretenden encorsetarla en algún género –y por eso se presenta como un gay atrapado en un cuerpo femenino–, es el alma mater de Bajo el Arco Iris, la editorial especializada en literatura lgbttiq infantil integrada por escritorxs e ilustradorxs de Latinoamérica y España. Ya cuenta con diez textos que se pueden descargar gratuitamente de la web.

“Yo soy. Identificarme no sé”, dice Sofía Olguín, 23 años, escritora de novelas gays –exclusivamente gays– y cuentos para niños, y responsable en la Argentina de Bajo el Arco Iris, una editorial especializada en literatura infantil LGBT. “La fundé yo”, explica orgullosa. El proyecto empezó a vislumbrarse cuando una dibujante le ilustró siete cuentos suyos escritos a partir de una preocupación recurrente: la cantidad de noticias que le llegaban sobre suicidios de niñxs y adolescentes gays, lesbianas o trans. Algo hay que hacer, pensó. Al poco tiempo empezaron a llegarle textos de otrxs autorxs que hoy conforman el catálogo de Bajo el Arco Iris. “La idea es llegar a todos los jardines, a todas las escuelas –dice–. Yo no escribo esta literatura sólo para los hijos de familias homoparentales que crecen en un ambiente donde no hay ese tipo de discriminación. Escribo para los hijos de familias no homoparentales, para que no crezcan con los prejuicios que crecimos todos. Y también para el chico que se siente diferente porque le gusta el compañerito”, dice. Muchísimas bajadas tiene hasta el momento el material publicado por Bajo el Arco Iris y la idea de Olguín es que la editorial permanezca siempre virtual para poder llegar a lugares donde una distribución de libros en papel no llegaría. La manera que eligió Sofía de promocionar este proyecto, integrado por 16 escritorxs de toda Latinoamérica y otra igual cantidad de ilustradorxs, es no sólo la de darse a conocer por la web sino haciendo también una tarea manual: todos los días pega en las puertas de los baños de la facultad pequeños volantes donde se ve a dos chicos de la mano –la tapa del primer libro publicado por Bajo el Arco Iris– y en donde consta la explicación de que se trata de una editorial de cuentos infantiles LGBT. Allí figura la dirección del blog y su localización en el Facebook. Si lo hace militantemente, todos los días, es porque esos folletitos no duran demasiado. Alguien los arranca o quizá, quiere pensar, se los llevan para contactarse.

Biosofía 1

Para Bajo el Arco Iris, una de las mayores satisfacciones de este proyecto se las dio Eva, una activista española que les escribió agradeciéndoles la publicación del cuento “Bron y el dragón”, escrito por Nimphie Knox (el pseudónimo de Sofía Olguín) e ilustrado por Jimena Takewind, al que había accedido gratuitamente vía web. Se trata de una historia en la que una poción mágica convierte al príncipe en una princesa que luego enamora al dragón. Su alegría estaba más que justificada: David, el hijo trans de Eva –que antes se llamó, también, Sofía–, por primera vez podía leer un cuento en el que se realizaran sus deseos de transición. Hay infancias e infancias. Cuando a la editora se le pregunta por la suya, le vienen a la memoria pocos y confusos recuerdos. Uno es el de la clase de Expresión corporal a la que tenía que llevar un muñeco articulado. Sofía eligió una Tortuga Ninja. “Es que a las Barbies que tenía las reventaba –cuenta–, y como no tenía Kent, las mías eran lesbianas.” Sus Barbies, no ella. Ni entonces, ni ahora. Hace poco tiempo, la editorial española Stonewall le publicó su libro Todos mis sueños, tuyos, una extensísima novela en cuya tapa se ve a dos jóvenes en cueros en una escena indiscutiblemente homo. Tiempo después le hicieron una entrevista para universogay.com que el sitio tituló “Soy un hombre gay atrapado en el cuerpo de una mujer”. “Cuando era chica me decían varonera. A mí no me ponías una pollera ni a palos”, dice Sofía que, biológicamente, nació mujer.


Sofía editora

Sofía Olguín es una estudiante avanzada de edición bastante enojada con la academia. Dice que no le gusta que se diga que Harry Potter no es literatura, por ejemplo, o que se prepare al alumnado para prestar servicios a las grandes empresas multinacionales en lugar de impulsarlxs a desarrollar su propia creatividad editorial. Sabe muy bien que si en sí mismo cualquier emprendimiento independiente es difícil, el suyo, por ser LGBT, lo es más. Y con su particular sensibilidad para reconocer los lugares comunes y combatirlos, Sofía Olguín, la editora, ha desarrollado un radar con el cual detectar el sexismo en la literatura infantil. Es el caso, por ejemplo, de un libro con el que se topó hace poco, dirigido a niñxs, en el que se les pretendía enseñar a comer bien, “pero en la historia el auto lo manejaba el papá, la mamá cocinaba, la nena decía ‘yo quiero hacer esto como la abuela’. Y eso es mayormente lo que hay”, cuenta. En su rol, Olguín ha tenido que lidiar hasta con lxs mismxs autorxs de los cuentos a quienes, cada tanto, se les chisporrotea alguna patinada homo, lesbo o transfóbica. “Tuve que rechazar incluso un cuento trans –dice–, aunque fue escrito por un hombre trans, porque no daba un buen mensaje.”

Todo lo publicado hasta ahora por Bajo el Arco Iris pasa por su ojo supervisor. Hasta aquí son diez los PDF online que pueden bajarse ingresando a bajoelarcoiris-editorial.blogspot.com donde están los links correspondientes. “Dos de esos PDF tienen cuentos de matrimonio igualitario. Lo trans es más complicado; una relación de gays es más fácil porque es un romance. Contás una historia de amor y ya está. Tenemos dos cuentos trans, uno es mío, está escrito en verso. El otro es para chicos de más de 13. No solemos poner explicación ninguna, si es gay, trans o lesbiana, o para qué edad están escritos. Este es el primero en el que está escrita la palabra transexual. Trata sobre un adolescente que quiere comenzar su tratamiento con hormonas. Martín se llama el personaje que terminará siendo Sol. Empieza cuando el personaje es chiquito y termina cuando comienza la transformación, de adolescente.”

Biosofía 2

Momentos traumáticos para Sofía: el uso del corpiño (“qué duro que fue –dice–. Me sentía humillada”), la primera menstruación, la Tortuga Ninja. Pocos, pero claves. Sofía Olguín rechaza todo lo impuesto, dice, desde lo cultural hasta lo biológico, una dupla maldita que parece querer coagularla en un destino ajeno. “Una vez me dijeron que tomando bayaspirinas se podía cortar y tomé tres seguidas. Menos mal que no fueron veinte. El período me molestaba porque era un símbolo de mi feminidad”, cuenta. Sin embargo, prefiere no definirse y toda terminología clasificatoria le parece demasiado tajante. O casi toda, porque la palabra gay le cuadra, por completo. En Todos los sueños, tuyos, Sofía escribió: “El me dio un manotazo en la nuca como proponiéndome que le hiciera un pete. Qué bueno, pensé. Qué bueno que podamos seguir boludeando así, haciéndonos bien los putos, que podamos estar juntos, aunque nos duela un poco”.

Este libro, totalmente inspirado, fue escrito, corregido y publicado en apenas un año. Es que con los dedos sobre el teclado y el Word abierto, Sofía expresa sentirse en su eje. Ella –decir ella suena raro– no puede escribir literatura si no es en masculino y en primera persona. Las veces que ha intentado hacerlo desde un personaje femenino se sintió irreal, acartonada. “Escribiendo como mujer no se me ocurre ninguna historia. Diego, el editor de Stonewall, cuando me hizo esa pregunta sobre con qué género me identificaba, dijo que al leerme se confundía porque plasmé muy bien el masculino en la novela. Varios lectores hombres me han dicho que se sienten identificados”, dice. “¿Por qué no escribís una historia heterosexual alguna vez?”, le preguntó su madre un día y Sofía le contestó “que ‘no, que ya todo está dicho’, le dije, ‘no tengo nada que aportar’. Yo me iba a llamar Pablo si hubiese sido hombre. Pablo... me siento un hombre gay, no una mujer. Y me atraen mucho los chicos afeminados. Pero, seamos realistas, ¿qué chico que me gusta va a querer estar conmigo?”.

Si transicionaras, ¿pensás que tampoco?

–Es muy complicado. Yo no tendría problemas en estar con un chico trans. Pero si me gusta un hombre y él es gay, ¿qué va a ver en mí? Es algo que me entristece. Es difícil el tema de la genitalidad porque nunca va a ser la misma genitalidad de un hombre biológico. Me preguntan: “Si fueras chico, ¿serías activo?”. Y sí, lo sería. Obviamente que un chico gay no busca un hombre trans.

¿No hay modos masculinos de tener sexo sin ser un hombre biológico? ¿No exploraste eso?

–Sí: se me burlaron en la cara. No es fácil porque se toma como un fetiche. El tabú del hombre heterosexual de ser penetrado es grande y ligado a la homosexualidad. Otro problema más.

¿Pensás que se puede construir una masculinidad sin intervenir el cuerpo?

–Totalmente, desde lo normativo. Con la vestimenta y ese tipo de cosas. Yo siento que es en la ficción donde me libero. Ahí estoy como pez en el agua. Sin censura, sin restricciones, ni barreras. Todos mis personajes son gays. Un sueño mío era ser bailarina no de ballet, sino de hip-hop, un estilo que le queda mejor al hombre. De hecho, me encanta verlos bailar, me digo: yo quiero ser así. En la novela que estoy escribiendo el protagonista es bailarín.

¿Será una transexualidad literaria la tuya?

Sí, puede ser. Lo de ese escritor me resultó bueno. Cuando era ella se llamaba Melissa Popy Brite y se intervino a los 50 años. Ahora se llama Billy o Bobby. Me resultó bastante llamativo por la edad en que lo hizo. Quizá... más adelante, pensé.

¿Te gustaría tener hijos?

–A veces tengo deseos de adoptar. Ahora siento que sí. Quizá porque estoy con un chico muy abierto a lo LGBT. Estar con una persona que no lo ve como algo extraño, que no se hace tanto problema...

¿Te ves como un padre, por ejemplo?

–Es algo muy etiqueta. ¿Padre, madre? Hay mujeres que son las dos cosas al mismo tiempo. La única diferencia es que la mujer queda embarazada y lo tiene en su interior.






POR: Paula Jiménez España / PAGINA12.COM.AR
FOTOGRAFÌAS: BAJOELARCOIRIS-EDITORIAL.BLOGSPOT.COM
ARREGLOS: ALBERTO CARRERA

miércoles, 24 de julio de 2013

Reglamentaciòn completa de la Ley 26.862 de Fertilizaciòn Asistida. "Una ley inclusiva, que amplía derechos"

La Ley de Fertilización Asistida, sancionada por el Congreso nacional el 5 de junio, será aplicada a personas mayores, pero sin límites de edad. Así lo determina la reglamentación de la norma, anunciada ayer por la presidenta Cristina Fernández de Kirchner. “Esta Ley (26.862) de Fertilización Asistida es más inclusiva porque amplía derechos”, dijo la Presidenta, al anunciar que la cobertura es, desde ahora, “un servicio más del Plan Médico Obligatorio”.


La norma establece que “pueden acceder a las prestaciones de reproducción médicamente asistida todas las personas mayores de edad, sin que se puedan introducir requisitos o limitaciones que impliquen discriminación o exclusión fundadas en la orientación sexual o el estado civil de quienes peticionan por el derecho regulado”.

César Cigliutti, presidente de la Comunidad Homosexual Argentina (CHA), reivindicó que esta ley reconoce a las parejas heterosexuales y homosexuales, por lo que se trata de “una hermosa posibilidad que tienen nuestras parejas para formar la familia que quieren.”

Por su parte, la legisladora María Rachid estimó que la medida tiene coherencia con las que viene aplicando el gobierno nacional “desde el 2003 para hacerse cargo de los sectores vulnerados de la sociedad”.

Entre los puntos salientes de la reglamentación se destacan:

- La autoridad de aplicación será, además del Ministerio de Salud, la Superintendencia de Servicios de Salud.

- No pueden introducirse requisitos o limitaciones que impliquen discriminación o exclusión fundadas en la orientación sexual o el estado civil de quienes peticionan por el derecho regulado.

- La cobertura prestacional la deben brindar los establecimientos asistenciales de los tres subsectores de la salud: público, obras sociales y privado.

- Entiende por técnicas de reproducción médicamente asistida a todos los tratamientos o procedimientos para la consecución de un embarazo.

- Quedan comprendidas las técnicas de baja y alta complejidad, que incluyan o no la donación de gametos y/o embriones.

- Podrán incluirse nuevos procedimientos y técnicas desarrollados mediante avances técnicocientíficos, cuando sean autorizados por la autoridad de aplicación.

El ministro de Salud bonaerense, Alejandro Collia, celebró la reglamentación de la ley y estimó que “ahora, con la norma nacional, el derecho a ser padres será una realidad en todo el país”. “Estamos orgullosos de haber sido pioneros porque esta ley iguala oportunidades que es una de las funciones que más valoramos del Estado”, afirmó Collia. La provincia de Buenos Aires fue el primer estado de Sudamérica en contar con legislación y tratamientos públicos y universales para parejas con problemas de fertilidad.



Se reglamentó la Ley 26.862 de reproducción médicamente asistida

24-07-2013 La Presidenta de la Nación, Cristina Fernández de Kirchner, reglamentó la Ley Nº 26.862 de "Acceso integral a los procedimientos y técnicas médico-asistenciales de reproducción médicamente asistida" a través del Decreto 956/2013, que apareció publicado hoy en el Boletín Oficial. La autoridad de aplicación de la norma y de la reglamentación es el Ministerio de Salud de la Nación y, en lo que resulte materia de su competencia, la Superintendencia de Servicios de Salud. Los siguientes son los aspectos principales de la ley y su decreto reglamentario:



- La Ley 26.862 y su reglamentación cubren la necesidad de ser madres o padres a aquellas personas que no pueden procrear por medios naturales.

- Esta nueva legislación se inscribe en el marco de la ampliación de derechos que caracteriza los avances dispuestos por el Gobierno Nacional, contemplando de manera igualitaria e inclusiva los derechos de toda persona a la paternidad/maternidad y a formar una familia, reconocidos por nuestra Constitución Nacional y Tratados Internacionales de rango constitucional.

- La Ley establece que tienen derecho a las prestaciones de reproducción médicamente asistida todas las personas, mayores de edad, sin discriminación o exclusión de acuerdo a su orientación sexual o estado civil.

- El sector público de la salud, las obras sociales reguladas y otras entidades de la seguridad social incorporarán como prestaciones obligatorias y a brindar a sus afiliados o beneficiarios, la cobertura integral de las técnicas de reproducción médicamente asistida.

- La cobertura garantizada en la reglamentación se basa en los criterios establecidos por la Organización Mundial de la Salud (OMS) con un enfoque integral e interdisciplinario del abordaje, el diagnóstico, los medicamentos, las terapias de apoyo y las técnicas de reproducción médicamente asistida de baja y de alta complejidad.

- En caso de que en la técnica de reproducción asistida se requieran gametos donados, la donación nunca tendrá carácter lucrativo o comercial.

-   El Ministerio de Salud de la Nación elaborará los criterios de habilitación de los establecimientos y las normas de diagnóstico y utilización de las técnicas de reproducción asistida para su cobertura dentro del Programa Médico Obligatorio (PMO).
A continuación, el texto completo del Decreto 956/2013:

REPRODUCCION MEDICAMENTE ASISTIDA

Decreto 956/2013

Ley Nº 26.862. Acceso integral a los procedimientos y técnicas médico-asistenciales de reproducción médicamente asistida. Reglamentación.

Bs. As., 19/7/2013

VISTO el Expediente Nº 1-2002-12.895/13-7 del Registro del MINISTERIO DE SALUD y la Ley Nº 26.862, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley Nº 26.862 tiene por objeto garantizar el acceso integral a los procedimientos y técnicas médico-asistenciales de reproducción médicamente asistida.

Que en dicha ley prevalecen, entre otros derechos concordantes y preexistentes reconocidos por nuestra Constitución Nacional y Tratados Internacionales de rango Constitucional (conforme artículo 75, inciso 22 de nuestra Carta Magna), los derechos de toda persona a la paternidad / maternidad y a formar una familia, en íntima conexión con el derecho a la salud.

Que el derecho humano al acceso integral a los procedimientos y técnicas médico-asistenciales de reproducción médicamente asistida, reconocido por la Ley Nº 26.862, se funda en los derechos a la dignidad, a la libertad y a la igualdad de toda persona humana (conforme la Constitución Nacional y los fundamentos y principios del Derecho Internacional de los Derechos Humanos).

Que la Ley Nº 26.862 se fundamenta en la intención del legislador de ampliar derechos; ello, en tiempos de cambios y de más inclusión en el ámbito social y en el de la salud; en el marco de una sociedad que evoluciona, aceptando la diferencia y la diversidad cultural y, promoviendo de tal modo, una sociedad más democrática y más justa.

Que la Ley Nº 26.862 establece que pueden acceder a las prestaciones de reproducción médicamente asistida todas las personas, mayores de edad, sin que se pueda introducir requisitos o limitaciones que impliquen discriminación o exclusión fundadas en la orientación sexual o el estado civil de quienes peticionan por el derecho regulado. La cobertura prestacional la deben brindar los establecimientos asistenciales de los TRES (3) subsectores de la salud: público, seguridad social (obras sociales) y privado (medicina prepaga).

Que la ley de marras sigue lo prescripto científicamente por la ORGANIZACION MUNDIAL DE LA SALUD (OMS) en orden a la cobertura integral e interdisciplinaria del abordaje, el diagnóstico, los medicamentos y las terapias de apoyo y los procedimientos y las técnicas de reproducción médicamente asistida.

Que por lo expuesto, se procede en esta instancia al dictado de las normas reglamentarias necesarias que permitan la puesta en funcionamiento de las previsiones contenidas en la Ley Nº 26.862.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE SALUD ha tomado la intervención que le compete.

Que el presente se dicta en uso de las atribuciones emergentes del artículo 99, inciso 2 de la CONSTITUCION NACIONAL.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACIÓN ARGENTINA DECRETA:

Artículo 1° — Apruébase la reglamentación de la Ley Nº 26.862 que como ANEXO I forma parte del presente Decreto.

Art. 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Juan M. Abal Medina. — Juan L. Manzur.

ANEXO I

REGLAMENTACION DE LA LEY Nº 26.862 - ACCESO INTEGRAL A LOS PROCEDIMIENTOS

Y TECNICAS MEDICO-ASISTENCIALES DE REPRODUCCION MEDICAMENTE ASISTIDA

ARTICULO 1°.- Objeto. Entiéndase que la garantía establecida por la Ley Nº 26.862 tiene por objeto el acceso integral a los procedimientos y técnicas médico-asistenciales de reproducción médicamente asistida, como la posibilidad de acceder a dichos procedimientos y técnicas cualquiera sea la cobertura que posea el titular del derecho. A esos fines, los Prestadores del Servicio de Salud de los ámbitos público, de la Seguridad Social y privado, deberán proveer sus prestaciones respectivas conforme la Ley Nº 26.862, la presente reglamentación y demás normas complementarias que al efecto se dicten.

ARTICULO 2°.- Definiciones. Se entiende por técnicas de reproducción médicamente asistida a todos los tratamientos o procedimientos para la consecución de un embarazo. Se consideran técnicas de baja complejidad a aquellas que tienen por objeto la unión entre óvulo y espermatozoide en el interior del sistema reproductor femenino, lograda a través de la inducción de ovulación, estimulación ovárica controlada, desencadenamiento de la ovulación e inseminación intrauterina, intracervical o intravaginal, con semen de la pareja o donante.

Se entiende por técnicas de alta complejidad a aquellas donde la unión entre óvulo y espermatozoide tiene lugar por fuera del sistema reproductor femenino, incluyendo a la fecundación in vitro; la inyección intracitoplasmática de espermatozoide; la criopreservación de ovocitos y embriones; la donación de ovocitos y embriones y la vitrificación de tejidos reproductivos.

La Autoridad de Aplicación resolverá la inclusión de nuevos procedimientos y técnicas en la cobertura que explicita la Ley Nº 26.862, siempre que tales procedimientos y técnicas hayan demostrado eficacia y seguridad con nivel de evidencia A, es decir, a través de ensayos clínicos aleatorizados y controlados, y luego de la evaluación técnica realizada por la DIRECCION NACIONAL DE REGULACION SANITARIA Y CALIDAD DE LOS SERVICIOS DE SALUD, conforme las previsiones del PROGRAMA NACIONAL DE GARANTIA DE CALIDAD DE LA ATENCION MEDICA. Los mismos serán incorporados por normas complementarias dictadas por el MINISTERIO DE SALUD.

ARTICULO 3°.- Autoridad de Aplicación. La Autoridad de Aplicación de la Ley Nº 26.862 y de la presente Reglamentación es el MINISTERIO DE SALUD y la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, en lo que resulte materia de su competencia.

La Autoridad de Aplicación podrá coordinar con las autoridades sanitarias provinciales y de la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES el desarrollo y aprobación de las normas de habilitación categorizante de los servicios de reproducción humana asistida.

ARTICULO 4°.- Registro. El registro único de establecimientos sanitarios habilitados para realizar procedimientos y técnicas de reproducción médicamente asistida y los bancos de gametos y/o embriones funcionará en el ámbito del REGISTRO FEDERAL DE ESTABLECIMIENTOS DE SALUD (ReFES) en la DIRECCION NACIONAL DE REGULACION SANITARIA Y CALIDAD EN SERVICIOS DE SALUD, dependiente de la SUBSECRETARIA DE POLITICAS, REGULACION Y FISCALIZACION de la SECRETARIA DE POLITICAS, REGULACION E INSTITUTOS del MINISTERIO DE SALUD. Las autoridades sanitarias de las provincias y de la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES serán las responsables de registrar los establecimientos que hayan habilitado a tal fin, conforme a las normas de habilitación categorizante que se hubieran aprobado.

ARTICULO 5°.- Requisitos. La Autoridad de Aplicación deberá establecer los requisitos de habilitación de los establecimientos sanitarios destinados para realizar procedimientos y técnicas de reproducción médicamente asistida, en el marco de la normativa de habilitación categorizante del PROGRAMA NACIONAL DE GARANTIA DE LA CALIDAD DE LA ASISTENCIA MEDICA.

La habilitación sanitaria del servicio y de los establecimientos será otorgada por la autoridad jurisdiccional competente.

ARTICULO 6°.- Funciones. El MINISTERIO DE SALUD, a los fines de cumplir con lo establecido por el artículo 6° de la Ley Nº 26.862, deberá:

a) Coordinar con las autoridades sanitarias de las provincias y de la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES la creación de servicios de reproducción medicamente asistida de distintas complejidades, según necesidades y existencia previa de los mencionados servicios en establecimientos sanitarios públicos de cada jurisdicción o a nivel regional, que cumplan con los requisitos generales de habilitación categorizante del PROGRAMA NACIONAL DE GARANTIA DE LA CALIDAD DE LA ASISTENCIA MEDICA.

b) Mantener en la página Web del MINISTERIO DE SALUD y en el SISTEMA INTEGRADO DE INFORMACION SANITARIA la lista actualizada de establecimientos sanitarios públicos y privados habilitados, distribuidos en todo el territorio nacional, para realizar procedimientos y técnicas de reproducción médicamente asistida.

c) Realizar campañas de información a fin de promover los cuidados de la fertilidad en mujeres y varones a través del PROGRAMA DE SALUD SEXUAL Y PROCREACION RESPONSABLE, dependiente de la DIRECCION DE MEDICINA COMUNITARIA en la órbita de la SUBSECRETARIA DE SALUD COMUNITARIA de la SECRETARIA DE PROMOCION Y PROGRAMAS SANITARIOS.

d) Promover conjuntamente con el MINISTERIO DE EDUCACION, la actualización del capital humano en la materia, involucrando a las universidades formadoras en ciencias de la salud.

ARTICULO 7°.- Beneficiarios. El consentimiento informado deberá ser prestado por la persona que requiera la aplicación de técnicas de reproducción médicamente asistida, antes del inicio de cada una de ellas. El consentimiento informado y su revocación deben documentarse en la historia clínica con la firma del titular del derecho expresando su manifestación de voluntad. Se aplican, en lo pertinente, las Leyes Nº 26.529 de Derechos del Paciente en su relación con los Profesionales e Instituciones de la Salud y Nº 25.326 de Protección de los Datos Personales.

En los casos de técnicas de reproducción médicamente asistida de baja complejidad el consentimiento es revocable en cualquier momento del tratamiento, o hasta antes del inicio de la inseminación. En los casos de técnicas de reproducción médicamente asistida de alta complejidad, el consentimiento es revocable hasta antes de la implantación del embrión.

ARTICULO 8°.- Cobertura. Quedan obligados a brindar cobertura en los términos de la presente reglamentación y sus normas complementarias los Agentes del Sistema Nacional del Seguro de Salud enmarcados en las Leyes Nº 23.660 y Nº 23.661, las Entidades de Medicina Prepaga (Ley Nº 26.682), el Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (Ley Nº 19.032), la Obra Social del Poder Judicial de la Nación, la Dirección de Ayuda Social para el Personal del Congreso de la Nación, el Instituto de Obra Social de las Fuerzas Armadas, las Obras Sociales Universitarias (Ley Nº 24.741), y todos aquellos agentes que brinden servicios médico asistenciales independientemente de la forma jurídica que posean.

El sistema de Salud Público cubrirá a todo argentino y a todo habitante que tenga residencia definitiva otorgada por autoridad competente, y que no posea otra cobertura de salud.

En los términos que marca la Ley Nº 26.862, una persona podrá acceder a un máximo de CUATRO (4) tratamientos anuales con técnicas de reproducción médicamente asistida de baja complejidad, y hasta TRES (3) tratamientos de reproducción médicamente asistida con técnicas de alta complejidad, con intervalos mínimos de TRES (3) meses entre cada uno de ellos.

Se deberá comenzar con técnicas de baja complejidad como requisito previo al uso de las técnicas de mayor complejidad. A efectos de realizar las técnicas de mayor complejidad deberán cumplirse como mínimo TRES (3) intentos previos con técnicas de baja complejidad, salvo que causas médicas debidamente documentadas justifiquen la utilización directa de técnicas de mayor complejidad.

Quedan incluidos en el PROGRAMA MEDICO OBLIGATORIO (PMO), los procedimientos y las técnicas de diagnóstico, medicamentos y terapias de apoyo para la reproducción médicamente asistida reguladas en el artículo 8° de la Ley Nº 26.862.

No se considerará como situación de preexistencia, en los términos del artículo 10 de la Ley Nº 26.682, la condición de infertilidad o la imposibilidad de concebir un embarazo.

En caso que en la técnica de reproducción médicamente asistida se requieran gametos o embriones donados, estos deberán provenir exclusivamente de los bancos de gametos o embriones debidamente inscriptos en el REGISTRO FEDERAL DE ESTABLECIMIENTOS DE SALUD (ReFES) de la DIRECCION NACIONAL DE REGULACION SANITARIA Y CALIDAD EN SERVICIOS DE SALUD, dependiente del MINISTERIO DE SALUD.

Si la donación se ha efectuado en un establecimiento diferente al de realización del tratamiento, el titular del derecho deberá presentar una declaración jurada original del establecimiento receptor del gameto o embrión en la cual conste el consentimiento debidamente prestado por el donante.

La donación de gametos y/o embriones deberá estar incluida en cada procedimiento. La donación nunca tendrá carácter lucrativo o comercial.

La autoridad de aplicación podrá elaborar una norma de diagnóstico e indicaciones terapéuticas de medicamentos, procedimientos y técnicas de reproducción asistida para la cobertura por el Programa Médico Obligatorio, sin que ello implique demora en la aplicación inmediata de las garantías que establece la Ley Nº 26.862 de acceso integral a los procedimientos y técnicas médico-asistenciales de reproducción médicamente asistida. La ausencia del dictado de tal norma no implicará dilación alguna en la aplicación inmediata de las mencionadas garantías.

ARTICULO 9°.- Presupuesto. Conforme lo establecido por el artículo 6° de la Ley Nº 26.862, el MINISTERIO DE SALUD asignará anualmente las partidas presupuestarias correspondientes, para la atención de la población en los términos del artículo 8° de la presente reglamentación.

ARTICULO 10.- Las respectivas autoridades sanitarias de las jurisdicciones provinciales y de la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, deberán adoptar los recaudos tendientes a la efectiva implementación de la Ley en el ámbito de sus competencias, incluyendo las previsiones presupuestarias correspondientes.


POR: Micofonodigital.com  /  Pagina12.com.ar
Imagenes: Web
Arreglos: Alberto Carrera

martes, 16 de julio de 2013

Màs de lo mismo, ahora por error no podran votar muchas travestis y trans. "Inoperancia Gubernamental"

Tanto en Mendoza como en el país, varias travestis tienen un DNI con nuevo sexo pero no podrán ir a votar. Figuran en los padrones electorales con su nombre y sexo de nacimiento, pese a que con la ley los modificaron. Desde el Ministerio de Gobierno dicen que, a priori, son “errores administrativos”.


“Está bien: el cambio sociocultural existe y es real, ya no somos invisibles. Aunque nos siguen dejando de lado en muchos aspectos y en la práctica no tenemos el derecho de cualquier ciudadano. Si te tengo que decir lo que siento hoy, es que la igualdad no se nos ha garantizado”.

La conclusión de Laura Ríos (41), una de las primeras mendocinas en tramitar el cambio de identidad en su documentación cuando la ley amplió ese derecho, tiene que ver con la contradicción que le genera que no se cumpla cabalmente –sea por un error administrativo o de otro tipo– con aquello que establece la norma en sus primeros artículos: el reconocimiento, el libre desarrollo conforme a su identidad y ser identificada de acuerdo con como se autopercibe.

Es que, como ella, otras mujeres y hombres transexuales de Mendoza no podrán votar el 11 de agosto en las elecciones primarias abiertas, simultáneas y obligatorias (PASO), y en las generales del 27 de octubre.

La sanción de la Ley Nº26.473 de Identidad de Género, de hace un año, les permitió rectificar su partida de nacimiento y cambiar allí, como en el Documento Nacional de Identidad, su sexo, nombre e imagen. Pero esos datos no fueron actualizados en todos los casos en los padrones de la Secretaría Nacional Electoral.

El 5 de junio vencieron los plazos para salvar errores en las listas provisorias de electores y por eso es que personas como ella quedarán, por el momento, afuera de este ejercicio cívico: más allá de que su número de identificación no varía, no coinciden su nombre y sexo con los que están plasmados en las listas, requisito mínimo exigido para sufragar.

El Ministerio de Gobierno es el organismo que tramita los cambios de identidad desde el Registro Civil y emite esta información al Registro Nacional de las Personas (Renaper). De allí se envían los datos a la Secretaría Nacional Electoral para establecer quiénes son los votantes. Consultados por este diario, desde Gobierno explicaron que, si bien no habían profundizado en la problemática porque las consultas les llegaron recién el viernes, “aparentemente se trataba de casos excepcionales”.

Fernanda Lacoste, secretaria de Relaciones Institucionales de ese ministerio, advirtió: “Todos los ciudadanos debían chequear en los padrones provisorios sus datos de identificación para poder subsanar eventualidades”. Y luego asumió, aclarando que hoy se constatarían las situaciones, que en principio “es un error administrativo”.

Laura Ríos modificó sus datos de identidad después, cuando se aprobó la ley, y no figura como mujer en los padrones.

Igualdad a medias

No se trata de hechos aislados y ajenos, sino de algo que incluso se previó y que preocupó a nivel nacional a las principales agrupaciones de lesbianas, gays, bisexuales y transexuales. Tanto fue así, que a fines de mayo militaron y organizaron una campaña con la Secretaría Nacional Electoral para facilitar la actualización de los datos de aquellas mujeres y varones trans cuya identidad no coincidía con la de los padrones. El tiempo hasta el vencimiento del plazo provisorio fue escaso y la información no llegó a todos por igual.

Hubo otros inconvenientes, porque algunas mendocinas mencionan que accedieron al mail dispuesto para hacer las consultas a partir de la campaña, pero la gestión no se concretó correctamente.

Más allá de los intentos, la pregunta que se hacen quienes padecen esta coyuntura es por qué en el caso del cambio de identidad de género hubo problemas, a diferencia de la ampliación del derecho a votar a partir de los 16, que implicó, además de difusión masiva anticipada por la actualización del DNI, un mecanismo automático para la incorporación de los nuevos votantes en los padrones.

En Mendoza son aproximadamente 150 las personas que tramitaron los cambios de identidad a partir de la ley, aunque no se sabe cuántas son las perjudicadas por esta situación.

“Antes ibas a las escuelas donde votaban hombres y tomabas coraje, porque no te sentías de lo mejor vestida de mujer cuando tu documento decía lo contrario. Ahora, más allá de que seguramente en el futuro se va a arreglar, no podremos ir a ejercer el derecho”, dijo Ríos, quien por ser una referente y persona de consulta de otras travestis mendocinas corroboró que la suya no era una excepción y que muchas conocidas tampoco figuraban con el sexo y el nombre que hoy las identifica en su DNI.

Sandra Terreno, quien con Ríos y Griselda Arias fue de las primeras mendocinas en acceder a las modificaciones, tampoco encontró coincidencias con los datos del padrón.

“Primero tuve dificultades para acceder, después verifiqué que no figuraba”, contó a este diario.

Su amiga, Ríos, añadió:“Te puedo mencionar varios nombres. Además, es raro que siendo las primeras en tramitarlo no figuremos. Me imagino que las que vinieron después tampoco. Lo chequeamos también con chicas de otras provincias, porque no queríamos quedarnos con la duda de que tal vez fueran hechos únicos. En Córdoba, Rosario y Catamarca encontramos personas en la misma situación y que no podrán votar”.

Con los derechos legislados para que no haga falta un proceso judicial, la situación debería ser diferente, y eso también entienden las consultadas. “Se supone que, a partir de una ley que universaliza un derecho, el mecanismo debe ser automático sin que haga falta gestionarlo, salvo excepciones”, opinó Laura.

Ana Laura Nicoletti cambió su identidad por la vía judicial y tramitó la rectificación de los datos en la Junta Electoral, al verse imposibilitada de votar en el 2011.

Las que aparecen lo gestionaron antes

De acuerdo con lo que chequeó la cronista que escribe estas líneas, el problema lo tienen, sobre todo, quienes tramitaron su documento a partir de la sanción de la Ley de Identidad de Género y no quienes lo hicieron antes, cuando se accedía excepcionalmente por la vía judicial frente a la falta de legislación.

Por ejemplo, la Turca, quien logró modificar su identidad después de un expediente que estuvo diez meses en la Justicia, sí aparece hoy en el Registro Nacional de Electores con los datos que figuran en su documento: Ana Laura Nicoletti, de sexo femenino.

La reconocida empresaria dijo que cuando en el 2011 no pudo votar en las elecciones presidenciales debió notificar personalmente a la Junta Electoral de que, tras la sentencia y el cambio de identidad, sus datos no habían sido modificados en los padrones.

“También hice el trámite en la Justicia, antes de la norma, y supe que seguía un trabajo de hormiga porque tenía que asegurarme, en cada lugar donde figuraba mi documento, la rectificación de la información. Supuse que con la Ley de Identidad la situación se agilizaría”, contó la abogada Carolina Jacky (61). Y mencionó que la misma gestión siguió para sufragar.

“Todavía hay lugares en los que figuro con la identidad de nacimiento, como en impuestos o facturas telefónicas que me llegan, pese a mi insistencia, con otro nombre”, concluyó Jacky.


POR: DIARIOUNO.COM.AR
FOTOGRAFÌAS: WEB
ARREGLOS: ALBERTO CARRERA

sábado, 6 de julio de 2013

ESPAÑA: LA MADRE PATRIA,....ESTA PREPARADA PARA TENER A UN/A PRESIDENTE GAY?? INFORME

La homosexualidad en la política: ¿Está España preparada para un presidente gay, lesbiana, transexual? ¿Está España preparada para tener un presidente homosexual? Aunque durante muchos años fue un tema tabú en el país, algunos políticos poco a poco han ido dando pasos adelante haciendo pública su orientación sexual y otros muchos han luchado, sin importar su condición, desde el Parlamento por la igualdad.


“La visibilización lleva a la normalización”, explica Carla Antonelli, la primera mujer transexual diputada autonómica. Después de una época como activista de los derechos de los homosexuales, decidió dar un salto y defender sus convicciones bajo las siglas del PSOE en una institución.

Está convencida de que poco a poco más políticos harán pública su orientación sexual. “Yo creo que todo va a ir eclosionando con naturalidad”, comenta la parlamentaria, quien resume: “Es imparable la igualdad”.

También dio el salto desde el activismo el concejal socialista Pedro Zerolo, quien cree que España marcó un “hito” en el mundo con la aprobación de la ley del matrimonio homosexual en la época de José Luis Rodríguez Zapatero. “Salir del armario es enormemente liberador, es la mejor manera de luchar contras la fobias”, señala.

¿EXISTE HOMOFOBIA EN LA POLÍTICA?

La homofobia, considera Zerolo, está “latente siempre en todos los ámbitos de la sociedad”. El político socialista ha sufrido los ataques especialmente de algunos ámbitos de la derecha más radical. En este punto, sostiene que hay una “derecha religiosa, mediática y empresarial” cuyo discurso “se tiñe de homofobia”.

Para Antonelli, “sin duda” hay homofobia en la política. Mira hacia la “bancada de enfrente” y comenta que “hay personas concretas a las que les respiras una intrínsecas transfobia”.

El diputado de Izquierda Unida Ricardo Sixto -que ha presentado varias iniciativas en el Congreso para avanzar en la igualdad- considera que el “mundo de la política no es precisamente de los más cerrados”.

“La política no es de los sitios con más homofobia o donde más problemas puede haber por la identidad sexual”, sostiene Sixto, que apostilla que “todavía hay mucha gente que prefiere no hacerlo público”.

En cambio, dice que “hay mundos más cerrados como el del fútbol”. El diputado de Izquierda Unida ha registrado en el Congreso una iniciativa en la que solicita un plan específico, como se ha hecho en Alemania, “para favorecer la salida del armario” en el ámbito deportivo.

LOS RETOS QUE QUEDAN POR DELANTE

Aunque se han conseguido “grandes conquistas” en el Parlamento, Antonelli cree que hay que seguir avanzando en la “concienciación, en la pedagogía, en la educación, en los valores y en el respeto”.

Uno de los puntos que considera que tienen que potenciar es la lucha contra la homofobia en los colegios. La situación es “sangrante”, añade la diputada autonómica, quien recuerda que casi la mitad de los jóvenes que ha sufrido acoso escolar han pensado en suicidarse.

Este año precisamente el Orgullo se celebra bajo el lema de 'Jóvenes sin armarios'.

Además, asegura que hay gente “que a veces se acomoda dentro del armario” y piensan “erróneamente” que puede perjudicarles hacer pública su orientación sexual.

“El problema es ser invisible”, comparte Zerolo, quien apunta la asignatura pendiente: una ley de igualdad de trato y contra la discriminación.

Queda todavía por avanzar en el tema de la transexualidad, agrega Sixto, que recalca que “falta” que la gente “reconozca que no estamos ante una cuestión de capricho, sino de justicia que la gente pueda tener todos los derechos a la hora de la asignación de sexo”.

Insiste asimismo en que es “muy importante” la “lucha” para evitar la homofobia en las escuelas entre la gente más joven.


LA CONTROVERTIDA POSICIÓN DEL PP

Cuando se habla de homosexualidad en la política muchas miradas van al Partido Popular. La formación que lidera Mariano Rajoy se opuso totalmente a la ley de matrimonio homosexual, al considerar que no se debía llamar a las uniones entre personas del mismo sexo de esa manera.

Ha sido ya un Gobierno del PP el que ha tenido que recibir la noticia de la validez absoluta de la norma tras el fallo del Tribunal Constitucional contra el recurso puesto durante su etapa en la oposición.

No existe una posición mayoritaria en el propio partido. Hay voces radicales contra el matrimonio homosexual como la del ministro del Interior, Jorge Fernández Díaz, pero también dirigentes que han defendido los derechos de los gays como Celia Villalobos o Iñaki Oyarzábal -que hizo pública su homosexualidad-.

Políticos y militantes del PP se han dado el sí quiero. En el imaginario colectivo están las imágenes de la conocida boda de Javier Gómez y Manuel Ródenas, oficiada por el actual ministro de Justicia y exalcalde de Madrid, Alberto Ruiz-Gallardón.

Desde el PSOE, Zerolo entiende que los populares son el “partido de la involución y siguen negando los derechos” a la comunidad LGTB. “Así pasen 100 años, el PP seguirá negando la igualdad del matrimonio homosexual”, sostiene.

Para Sixto, en el PP “hay de todo” y existe “una parte en la que todavía hay importantes restos de homofobia”. No obstante, aprecia que hay partidos del mismo corte en el resto de Europa que “son peores”.

¿UN PRESIDENTE GAY?

Tanto Zerolo como Sixto y Antonelli creen que España está preparada para tener un presidente abiertamente gay. “Claro”, contesta rotundamente el concejal socialista.

Precisa Sixto, no obstante, que “falta todavía” para verlo. Antonelli añade que se ha demostrado que con la ley aprobada por el anterior Gobierno España “no se rompe” como decían las “amenazas de los hombres de cuello blanco”.

En esta lucha por los derechos y para que avance en igualdad la sociedad han tenido un papel muy importante, reconoce Zerolo, las mujeres políticas. Han sido clave en este proceso, afirma.

Para Sixto, ya se ha recorrido mucho camino, pero quedan “muchos más objetivos por conseguir, sobre todo en igualdad y asunción por parte de todo el mundo de que las diferencias no son negativas, sino algo positivo y enriquecedor”.


POR:  Antonio Ruiz Valdivia - HUFFINGTON POST.ES
FOTOGRAFÌAS: WEB
ARREGLOS: ALBERTO CARRERA

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