martes, 8 de noviembre de 2011

LEY DE IDENTIDAD DE GÈNERO DE ARGENTINA

Un paso más hacia el reconocimiento de derechos para transexuales
En un plenario de comisiones de Diputados se aprobó un dictamen para tratar el proyecto de ley de identidad de género en el recinto; habilita a modificar el sexo y el nombre en el DNI.

Se dio un paso más en el reconocimiento legal de los derechos de personas transexuales y, de conseguirse, sería el segundo gran logro de la comunidad LGBT después de la ley de matrimonio igualitario. Un plenario de las comisiones de Legislación General y de Justicia analizó esta tarde un proyecto de ley de identidad de género, que habilita modificar el sexo y el nombre de pila en el DNI por el sólo pedido del interesado. Obtuvo un dictamen favorable y el proyecto podrá ser tratado en el recinto.

"Toda persona mayor de 16 años podrá solicitar la rectificación del nombre, el sexo e imagen registral en todos los registros públicos en los que figuren tales datos y no coincidan con su género autopercibido", sostiene la iniciativa, en su primer artículo.

Si bien existen varios proyectos para el "reconocimiento y respeto a la identidad de género", esta tarde las comisiones aprobaron el dictamen consensuado sobre el tema.

Fuentes parlamentarias indicaron que en los últimos meses asesores de los diputados trabajaron en conjunto sobre tres propuestas presentadas por las kirchneristas Diana Conti y Juliana Di Tullio, y la radical Silvana Giudici.

Con las firmas obtenidas, el dictamen quedó habilitado para ser discutido en el recinto y, de aprobarse, sería girado al Senado.

Por su parte, el diputado del PRO Julián Obiglio presentó un dictamen de minoría en oposición a la Ley de identidad de género. En el texto, Obiglio expone sus argumentos en contra del dictamen del oficialismo: "El proyecto destruye toda la legislación de orden público sobre el sexo y nombre de las personas. La inseguridad jurídica que genera es terrible porque le abre la puerta al engaño y la estafa sexual y contractual".

"Una operación de genitales no determina el sexo de una persona, sino que ello es definido por la composición genética", expresó al mismo tiempo que rechazó que sea el Estado quien se haga cargo de los costos de las cirugías como establece el proyecto del kirchnerismo: "No debemos prohibir las operaciones pero tampoco debemos financiarlas" subrayó.


Fundamentos

La norma establece que identidad de género es "la vivencia interna e individual del género tal como cada persona la siente profundamente, la cual podría corresponder o no con el sexo asignado al momento del nacimiento".

La ley, que habilita la rectificación en el DNI del sexo y el cambio del nombre de pila, establece que el trámite se realizará ante el Registro Nacional de las Personas.

Además, no fija requisitos específicos, salvo la propia solicitud del interesado y no es necesario someterse a diagnósticos médicos, psiquiátricos, ni a cirugía alguna.

Tiene en cuenta también la "vivencia personal del cuerpo (que podría involucrar la modificación de la apariencia o la función corporal a través de medios médicos, quirúrgicos o de otra índole, siempre que la misma sea libremente escogida) y otras expresiones de género, incluyendo la vestimenta, el modo de hablar y los modales".

Para el reconocimiento legal que impone la ley, el texto del proyecto remarca que "en ningún caso será requisito acreditar intervención quirúrgica por reasignación genital total o parcial, ni acreditar terapias hormonales ni ningún tratamiento psicomédico".

Hasta ahora las personas transexuales que consiguieron un nuevo DNI debieron atravesar largos procesos judiciales hasta obtener un fallo que les permitiera el cambio de sus datos, lo que incluía exámenes médicos y psicológicos, sin garantías de conseguir el permiso requerido.

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